III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Créditos a la exportación. Seguros. (BOE-A-2022-1110)
Orden ICT/1530/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueba la modificación de las tarifas aplicables por la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, SA, CÍA de Seguros y Reaseguros, S.M.E., a las operaciones de avales (seguro a emisores) y circulante por cuenta del Estado de cobertura de los riesgos de la internacionalización de la economía española, realizadas conforme a la Ley 8/2014, de 22 de abril, que regula el régimen jurídico de la cobertura por cuenta del Estado de los riesgos derivados de la internacionalización de la economía española.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 9273
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
1110
Orden ICT/1530/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueba la
modificación de las tarifas aplicables por la Compañía Española de Seguros
de Crédito a la Exportación, SA, CÍA de Seguros y Reaseguros, S.M.E., a las
operaciones de avales (seguro a emisores) y circulante por cuenta del Estado
de cobertura de los riesgos de la internacionalización de la economía
española, realizadas conforme a la Ley 8/2014, de 22 de abril, que regula el
régimen jurídico de la cobertura por cuenta del Estado de los riesgos
derivados de la internacionalización de la economía española.
El artículo 34 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla
la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la
internacionalización de la economía española, establece que la Comisión de Riesgos del
Estado tiene entre sus funciones la de proponer y elevar para su aprobación al Ministerio
de Economía y Competitividad (actualmente, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.8 del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio
y Turismo) las tarifas aplicables a la cobertura de las operaciones de la cuenta del Estado.
En caso de modificación de las tarifas, el referido artículo establece que el Agente Gestor
realizará los informes necesarios para la elaboración de las notas técnicas que hayan de
incluirse en la documentación que deba presentarse a la Comisión de Riesgos para la
aprobación de las tarifas por parte del Ministerio.
En la reunión de la Comisión de Riesgos del Estado celebrada el 28 de julio de 2021,
se presentó la propuesta de modificación de tarifas aplicables a las operaciones de la
Cuenta del Estado para avales (seguro a emisores) y circulante, elaborada por el Agente
Gestor para su análisis. Una vez analizada por la Comisión de Riesgos del Estado, y
conforme al acuerdo resultante de la referida reunión, la Comisión propuso su elevación
a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo para su aprobación.
Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 34 del Real
Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 8/2014, de 22 de
abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de
la economía española, dispongo:
Primero.
Aprobación de tarifas.
Segundo.
Modificación de la Orden de 26 de abril de 2019.
Queda modificada la Orden firmada el 26 de abril de 2019, por la que se aprueban
las nuevas tarifas aplicables por el Agente Gestor, en lo referente a las operaciones de
avales (seguro a emisores) y circulante.
Se adjunta como anexo II una versión consolidada con los cambios aprobados del
Sistema de tarifas del seguro de crédito por cuenta del Estado gestionado por CESCE
aplicable para las modalidades cuyas primas no están reguladas por el Acuerdo sobre
cve: BOE-A-2022-1110
Verificable en https://www.boe.es
Se aprueba la propuesta de modificación de las tarifas analizadas y elevadas por la
Comisión de Riesgos del Estado en su reunión celebrada el 28 de julio de 2021, conforme a
lo previsto en los apartados 7 y 8.c) del artículo 5 de la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre
cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía
española, y el artículo 34 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se
desarrolla la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los
riesgos de la internacionalización de la economía española, que figura en anexo I.
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 9273
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
1110
Orden ICT/1530/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueba la
modificación de las tarifas aplicables por la Compañía Española de Seguros
de Crédito a la Exportación, SA, CÍA de Seguros y Reaseguros, S.M.E., a las
operaciones de avales (seguro a emisores) y circulante por cuenta del Estado
de cobertura de los riesgos de la internacionalización de la economía
española, realizadas conforme a la Ley 8/2014, de 22 de abril, que regula el
régimen jurídico de la cobertura por cuenta del Estado de los riesgos
derivados de la internacionalización de la economía española.
El artículo 34 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla
la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la
internacionalización de la economía española, establece que la Comisión de Riesgos del
Estado tiene entre sus funciones la de proponer y elevar para su aprobación al Ministerio
de Economía y Competitividad (actualmente, Ministerio de Industria, Comercio y Turismo,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.8 del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio
y Turismo) las tarifas aplicables a la cobertura de las operaciones de la cuenta del Estado.
En caso de modificación de las tarifas, el referido artículo establece que el Agente Gestor
realizará los informes necesarios para la elaboración de las notas técnicas que hayan de
incluirse en la documentación que deba presentarse a la Comisión de Riesgos para la
aprobación de las tarifas por parte del Ministerio.
En la reunión de la Comisión de Riesgos del Estado celebrada el 28 de julio de 2021,
se presentó la propuesta de modificación de tarifas aplicables a las operaciones de la
Cuenta del Estado para avales (seguro a emisores) y circulante, elaborada por el Agente
Gestor para su análisis. Una vez analizada por la Comisión de Riesgos del Estado, y
conforme al acuerdo resultante de la referida reunión, la Comisión propuso su elevación
a la Ministra de Industria, Comercio y Turismo para su aprobación.
Por todo ello, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 34 del Real
Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 8/2014, de 22 de
abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de
la economía española, dispongo:
Primero.
Aprobación de tarifas.
Segundo.
Modificación de la Orden de 26 de abril de 2019.
Queda modificada la Orden firmada el 26 de abril de 2019, por la que se aprueban
las nuevas tarifas aplicables por el Agente Gestor, en lo referente a las operaciones de
avales (seguro a emisores) y circulante.
Se adjunta como anexo II una versión consolidada con los cambios aprobados del
Sistema de tarifas del seguro de crédito por cuenta del Estado gestionado por CESCE
aplicable para las modalidades cuyas primas no están reguladas por el Acuerdo sobre
cve: BOE-A-2022-1110
Verificable en https://www.boe.es
Se aprueba la propuesta de modificación de las tarifas analizadas y elevadas por la
Comisión de Riesgos del Estado en su reunión celebrada el 28 de julio de 2021, conforme a
lo previsto en los apartados 7 y 8.c) del artículo 5 de la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre
cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de la economía
española, y el artículo 34 del Real Decreto 1006/2014, de 5 de diciembre, por el que se
desarrolla la Ley 8/2014, de 22 de abril, sobre cobertura por cuenta del Estado de los
riesgos de la internacionalización de la economía española, que figura en anexo I.