I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Presupuestos. (BOE-A-2022-1060)
Ley 3/2021, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20

Lunes 24 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 9126

de 6.999.970.121 euros, se distribuyen según el detalle del Anexo de esta ley. La
agregación por funciones de los créditos de estos programas es la siguiente:
Función

Denominación

2022

11

Administración General.

169.668.186

12

Deuda Pública.

767.296.373

13

Imprevistos y Contingencias.

21

Sanidad.

2.008.513.430

22

Educación.

1.233.864.419

23

Dependencia.

412.180.332

24

Empleo.

385.287.237

25

Promoción Social.

193.205.513

26

Vivienda.

84.768.631

27

Cultura.

76.599.019

31

Agricultura.

32

Empresa.

33

Innovación y Tecnología.

34

Comercio y Turismo.

35

Infraestructuras.

Total

10.000.000

758.481.747
96.135.692
185.539.651
45.998.513
572.431.378
6.999.970.121

1. Se aprueban los presupuestos de las empresas públicas relacionadas en la letra
a) y b) del artículo 1.2 de la presente ley, que recogen sus estimaciones de gastos y
previsiones de ingresos, presentados de forma individualizada y consolidados con el
grupo de empresas al que pertenecen, relacionándose en este último caso las
sociedades objeto de presentación consolidadas.
2. Se aprueban los presupuestos de las fundaciones relacionadas en la letra c) del
artículo 1.2 de la presente ley, en los que se incluyen sus estimaciones de gastos y
previsiones de ingresos.
3. Se aprueban los presupuestos de los entes relacionados en la letra d) del
artículo 1.2 de la presente ley, en los que se incluyen sus estimaciones de gastos y
previsiones de ingresos, sin perjuicio de los mecanismos de control que, en su caso,
pudieran contener las disposiciones que les resulten de aplicación.
4. Se aprueba el presupuesto del fondo carente de personalidad jurídica
relacionado en la letra e) del artículo 1.2 de esta ley, en el que se incluyen las
estimaciones de gastos y previsiones de ingresos referidos al mismo y a sus estados
financieros, sin perjuicio de los mecanismos de control que, en su caso, pudieran
contener las disposiciones que resulten de aplicación.
Artículo 4.

De los beneficios fiscales.

Los beneficios fiscales que afectan a los tributos que integran el Presupuesto de
Ingresos de la Junta de Extremadura se estiman en 720.996.861 euros.

cve: BOE-A-2022-1060
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3. De los presupuestos de los entes referidos en las letras a) a e) del
artículo 1.2 de la presente ley.