I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. (BOE-A-2022-1018)
Ley 7/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 19
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 7131
material homologados y, excepcionalmente, se podrán utilizar recursos distintos a
los que ofrece la naturaleza.
2. Son empresas de ecoturismo aquellas que realizan actividades turísticas
dirigidas al público en general, de forma habitual y profesional, mediante precio en
espacios naturales de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de conocer,
interpretar y contribuir a la conservación del territorio, del patrimonio etnográfico
rural y natural, a la educación ambiental, y a la observación de especies de flora y
fauna, sin generar impactos sobre el medio y repercutiendo positivamente en la
población local.
3. Las empresas de turismo activo y ecoturismo deberán tener suscritos
contratos de seguro por accidentes y de responsabilidad civil que cubran de forma
suficiente los posibles riesgos imputables a la empresa por la oferta y práctica de
las actividades que oferten y presten, así como una póliza de seguros de rescate,
traslado y asistencia derivados de accidente en la prestación de dichos servicios.
4. Reglamentariamente se determinarán los requisitos y el régimen
administrativo aplicable a estas empresas.
5. No tendrán la consideración de empresas de turismo activo y ecoturismo
los clubes y federaciones deportivas cuando organicen la realización de
actividades en el medio natural, dirigidas única y exclusivamente a sus asociados
o federados y no al público en general.»
Artículo 32.
Se modifica el apartado tercero del artículo 45 y se añade una nueva disposición
adicional a la Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y
hospitalidad de la Comunitat Valenciana, que quedarán redactados de la siguiente
manera:
«Artículo 45.
3. A la hora de otorgar ayudas y subvenciones a los agentes del sector
turístico, se tendrán en cuenta, de acuerdo con el código ético del turismo, criterios
sociales, medioambientales y de dignificación laboral y social. Los planes de
control de las diferentes líneas subvencionales, regulados en el artículo 169 de la
Ley 1/2015, de hacienda pública valenciana, sector público instrumental y
subvenciones, comprenderán expresamente, dentro de las actuaciones de
comprobación material y como parte del control de calidad, la verificación del
cumplimiento de la normativa social y ambiental, de los compromisos éticos,
sociales y ambientales que se hayan establecido y de los compromisos asumidos
por el beneficiario.
Criterios de calidad laboral en las convocatorias de
Dentro de los criterios de dignificación laboral a los que hace referencia el
apartado 3 del artículo 45 de esta ley, las bases reguladoras y respectivas
convocatorias de subvenciones, aprobadas a partir de los seis meses de la
entrada en vigor de esta disposición, incluirán para ponderar y puntuar las
solicitudes los siguientes criterios:
a) El compromiso de establecer un salario/hora para la ejecución de la
actividad subvencionada por encima del convenio colectivo sectorial y territorial.
b) El compromiso de una formación continua adecuada o de planes de
reciclaje para las personas que ejecuten la actividad subvencionada.
c) El compromiso de asignar a la ejecución de la actividad subvencionada
personal con contrato indefinido.
cve: BOE-A-2022-1018
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional nueva.
subvenciones.
Núm. 19
Sábado 22 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 7131
material homologados y, excepcionalmente, se podrán utilizar recursos distintos a
los que ofrece la naturaleza.
2. Son empresas de ecoturismo aquellas que realizan actividades turísticas
dirigidas al público en general, de forma habitual y profesional, mediante precio en
espacios naturales de la Comunitat Valenciana, con la finalidad de conocer,
interpretar y contribuir a la conservación del territorio, del patrimonio etnográfico
rural y natural, a la educación ambiental, y a la observación de especies de flora y
fauna, sin generar impactos sobre el medio y repercutiendo positivamente en la
población local.
3. Las empresas de turismo activo y ecoturismo deberán tener suscritos
contratos de seguro por accidentes y de responsabilidad civil que cubran de forma
suficiente los posibles riesgos imputables a la empresa por la oferta y práctica de
las actividades que oferten y presten, así como una póliza de seguros de rescate,
traslado y asistencia derivados de accidente en la prestación de dichos servicios.
4. Reglamentariamente se determinarán los requisitos y el régimen
administrativo aplicable a estas empresas.
5. No tendrán la consideración de empresas de turismo activo y ecoturismo
los clubes y federaciones deportivas cuando organicen la realización de
actividades en el medio natural, dirigidas única y exclusivamente a sus asociados
o federados y no al público en general.»
Artículo 32.
Se modifica el apartado tercero del artículo 45 y se añade una nueva disposición
adicional a la Ley 15/2018, de 7 de junio, de la Generalitat, de turismo, ocio y
hospitalidad de la Comunitat Valenciana, que quedarán redactados de la siguiente
manera:
«Artículo 45.
3. A la hora de otorgar ayudas y subvenciones a los agentes del sector
turístico, se tendrán en cuenta, de acuerdo con el código ético del turismo, criterios
sociales, medioambientales y de dignificación laboral y social. Los planes de
control de las diferentes líneas subvencionales, regulados en el artículo 169 de la
Ley 1/2015, de hacienda pública valenciana, sector público instrumental y
subvenciones, comprenderán expresamente, dentro de las actuaciones de
comprobación material y como parte del control de calidad, la verificación del
cumplimiento de la normativa social y ambiental, de los compromisos éticos,
sociales y ambientales que se hayan establecido y de los compromisos asumidos
por el beneficiario.
Criterios de calidad laboral en las convocatorias de
Dentro de los criterios de dignificación laboral a los que hace referencia el
apartado 3 del artículo 45 de esta ley, las bases reguladoras y respectivas
convocatorias de subvenciones, aprobadas a partir de los seis meses de la
entrada en vigor de esta disposición, incluirán para ponderar y puntuar las
solicitudes los siguientes criterios:
a) El compromiso de establecer un salario/hora para la ejecución de la
actividad subvencionada por encima del convenio colectivo sectorial y territorial.
b) El compromiso de una formación continua adecuada o de planes de
reciclaje para las personas que ejecuten la actividad subvencionada.
c) El compromiso de asignar a la ejecución de la actividad subvencionada
personal con contrato indefinido.
cve: BOE-A-2022-1018
Verificable en https://www.boe.es
Disposición adicional nueva.
subvenciones.