III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-988)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada en Melilla, por el que se establece el programa de formación e innovación "Hermes": desarrollo profesional docente a través de estancias formativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 18

Viernes 21 de enero de 2022

1.

Sec. III. Pág. 6920

Los contenidos de la estancia formativa están estructurados del siguiente modo:

a) Sesión inicial que tendrá como finalidad explicar las pautas para el buen
funcionamiento del programa y conectar docentes y centros.
b) Estancia formativa de docentes universitarios para la observación activa de
buenas prácticas en el aula del docente del centro que participa en el programa, así
como la participación activa atendiendo al proyecto de colaboración presentado.
c) Estancia formativa de maestros de los centros educativos en la Universidad,
colaborando activamente en el trabajo del docente universitario que participa en el
programa.
d) Jornada final de puesta en común, poniendo especial énfasis en el impacto real
de esta formación en la práctica docente de todos los participantes y estableciendo
compromisos para desarrollar proyectos conjuntos.
Octava.

Comité de Dirección.

El Comité de Dirección será paritario y estará constituido por:
– Presidente: El Director o la Directora Provincial del MEFP.
– Secretario/a con voz pero sin voto: El Asesor o Asesora de Formación del
Profesorado de la Unidad de Programas Educativos (UPE).
– Vocales:
– El Vicerrector o Vicerrectora de Docencia de la Universidad de Granada.
– El Decano o Decana de la FCED.
– El Jefe o Jefa de la UPE.
– Un o una representante del Servicio de Inspección Educativa.
– Quien o quienes sean responsables del Vicedecanato o Vicedecanatos de
la FCED con competencias en los ámbitos de prácticum e innovación.
Sus funciones serán:
– Selección, entre los proyectos presentados, de dos de ellos, en base a su
aplicabilidad, interés, innovación y perspectivas de colaboración.
– Seguimiento del desarrollo de los proyectos seleccionados.
– Valoración final y análisis de resultados, en base a los siguientes apartados:

Para ello, contarán con los informes aportados por la Comisión de Seguimiento y
Evaluación, que será la responsable del acompañamiento de dichos proyectos y de la
resolución de los inconvenientes que puedan surgir en su desarrollo tanto en el centro
como en la universidad.
El Comité de Dirección se reunirá al menos dos veces al año, ya sea presencial
o telemáticamente, con la ocasión de la aprobación y valoración de los proyectos; o
cuando sea necesario a petición de sus componentes.
Novena.

Vigencia del convenio.

De conformidad con lo establecido en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, la duración de este convenio será de cuatro años desde su inscripción en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector
público estatal (REOICO), que deberá realizarse como máximo 5 días hábiles desde
su formalización. Asimismo, serán publicados en el plazo de 10 días hábiles desde su

cve: BOE-A-2022-988
Verificable en https://www.boe.es

a) Evaluación del programa y su utilidad e impacto en la mejora de la práctica
docente en la Universidad.
b) Evaluación del programa y su utilidad e impacto en la mejora de la práctica
docente en los centros educativos.
c) Evaluación de la participación y el trabajo colaborativo en la jornada final.