I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2022-858)
Resolución de 13 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica, sobre la aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 5630
competente”, con arreglo al artículo 20 de dicho Protocolo, con el previo consentimiento
de las autoridades judiciales de la República de Eslovenia y de conformidad con el
Reglamento del Consejo (UE) 2017/1939 y el Derecho nacional aplicable.»
– NITI 19830321201.
CONVENIO SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS.
Estrasburgo, 21 de marzo de 1983. BOE: 10-06-1985, n.º 138.
MAURICIO.
07-09-2021 NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN Y EFECTOS.
COMUNICACIÓN:
«La Misión Permanente de la República de Mauricio ante la Unión Europea tiene el
honor de informar al Consejo de Europa, en su condición de depositario del Convenio
sobre traslado de personas condenadas, de que el 15 de julio de 2021 se han
introducido modificaciones a la Ley de Mauricio sobre traslado de prisioneros.
De conformidad con el Reglamento de 2021 sobre traslado de prisioneros (Convenio)
(Modificación), que entró en vigor el 1 de agosto de 2021, los presos extranjeros
condenados tendrán derecho a ser trasladados tras haber cumplido un tercio de su
condena en Mauricio, en lugar de dos tercios. Se adjunta a la presente una copia del
Government Notice No. 168 of 2021 sobre esta modificación en concreto.»
– NITI 19990127200.
CONVENIO PENAL SOBRE LA CORRUPCIÓN.
Estrasburgo, 27 de enero de 1999. BOE: 28-07-2010 n.º 182.
AZERBAIYÁN.
08-10-2021 NOTIFICACIÓN DE RENOVACIÓN DE RESERVA DE TRES AÑOS
CON EFECTOS DESDE EL 01-06-2022.
«De conformidad con el apartado 2 del artículo 38 del Convenio, el Gobierno de la
República de Azerbaiyán declara que renueva íntegramente su reserva al apartado 1 del
artículo 26, formulada con arreglo al apartado 1 del artículo 37 del Convenio, por el
periodo de tres años definido en el apartado 1 del artículo 38 del mismo.»
– NITI 19991209200.
CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LA FINANCIACIÓN DEL
TERRORISMO.
Nueva York, 9 de diciembre de 1999. BOE: 23-05-2002, n.º 123,13-06-2002, n.º 141.
12-08-2021 APLICACIÓN TERRITORIAL A LAS ISLAS CAIMÁN.
12-08-2021 EFECTOS.
– NITI 20010531200.
PROTOCOLO CONTRA LA FABRICACIÓN Y EL TRÁFICO ILÍCITOS DE ARMAS
DE FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES Y MUNICIONES, QUE COMPLEMENTA
cve: BOE-A-2022-858
Verificable en https://www.boe.es
REINO UNIDO.
Núm. 17
Jueves 20 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 5630
competente”, con arreglo al artículo 20 de dicho Protocolo, con el previo consentimiento
de las autoridades judiciales de la República de Eslovenia y de conformidad con el
Reglamento del Consejo (UE) 2017/1939 y el Derecho nacional aplicable.»
– NITI 19830321201.
CONVENIO SOBRE EL TRASLADO DE PERSONAS CONDENADAS.
Estrasburgo, 21 de marzo de 1983. BOE: 10-06-1985, n.º 138.
MAURICIO.
07-09-2021 NOTIFICACIÓN DE COMUNICACIÓN Y EFECTOS.
COMUNICACIÓN:
«La Misión Permanente de la República de Mauricio ante la Unión Europea tiene el
honor de informar al Consejo de Europa, en su condición de depositario del Convenio
sobre traslado de personas condenadas, de que el 15 de julio de 2021 se han
introducido modificaciones a la Ley de Mauricio sobre traslado de prisioneros.
De conformidad con el Reglamento de 2021 sobre traslado de prisioneros (Convenio)
(Modificación), que entró en vigor el 1 de agosto de 2021, los presos extranjeros
condenados tendrán derecho a ser trasladados tras haber cumplido un tercio de su
condena en Mauricio, en lugar de dos tercios. Se adjunta a la presente una copia del
Government Notice No. 168 of 2021 sobre esta modificación en concreto.»
– NITI 19990127200.
CONVENIO PENAL SOBRE LA CORRUPCIÓN.
Estrasburgo, 27 de enero de 1999. BOE: 28-07-2010 n.º 182.
AZERBAIYÁN.
08-10-2021 NOTIFICACIÓN DE RENOVACIÓN DE RESERVA DE TRES AÑOS
CON EFECTOS DESDE EL 01-06-2022.
«De conformidad con el apartado 2 del artículo 38 del Convenio, el Gobierno de la
República de Azerbaiyán declara que renueva íntegramente su reserva al apartado 1 del
artículo 26, formulada con arreglo al apartado 1 del artículo 37 del Convenio, por el
periodo de tres años definido en el apartado 1 del artículo 38 del mismo.»
– NITI 19991209200.
CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA REPRESIÓN DE LA FINANCIACIÓN DEL
TERRORISMO.
Nueva York, 9 de diciembre de 1999. BOE: 23-05-2002, n.º 123,13-06-2002, n.º 141.
12-08-2021 APLICACIÓN TERRITORIAL A LAS ISLAS CAIMÁN.
12-08-2021 EFECTOS.
– NITI 20010531200.
PROTOCOLO CONTRA LA FABRICACIÓN Y EL TRÁFICO ILÍCITOS DE ARMAS
DE FUEGO, SUS PIEZAS Y COMPONENTES Y MUNICIONES, QUE COMPLEMENTA
cve: BOE-A-2022-858
Verificable en https://www.boe.es
REINO UNIDO.