III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-19269)
Resolución de 8 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador de la propiedad de Torrijos a inscribir una escritura de constitución de derechos de servidumbre de paso de energía eléctrica y cesión de uso de terreno.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143580
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
19269
Resolución de 8 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Torrijos a inscribir una escritura de
constitución de derechos de servidumbre de paso de energía eléctrica y
cesión de uso de terreno.
En el recurso interpuesto por doña L. T. M., en nombre y representación de la
mercantil «Ictio Solar, S.L.U.», contra la negativa del registrador de la Propiedad de
Torrijos, don José Antonio Garvía Pastor, a inscribir una escritura de constitución de
derechos de servidumbre de paso de energía eléctrica y cesión de uso de terreno.
Hechos
I
II
Presentada el día 15 de abril de 2021 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Torrijos, fue objeto de la siguiente nota de calificación.
«Entrada n.º: 3686 del año: 2021.
Asiento n.º: 209 Diario: 203.
Presentado el 15/04/2021 a las 09:50.
cve: BOE-A-2021-19269
Verificable en https://www.boe.es
El día 8 de abril de 2021 se autorizó por el notario de Madrid, don Ignacio GilAntuñano Vizcaíno, con el número 1.705 de protocolo, una escritura pública de
constitución de derechos de servidumbre legal, de paso de energía eléctrica, de acceso
y de cesión de uso permanente de terreno.
En virtud de la misma, los cónyuges don B. E. D. y doña E. G. R. constituyeron sobre
parte de la finca registral número 1.911 del Registro de la Propiedad de Torrijos, de su
titularidad, y a favor de la sociedad «Ictio Solar, S.L.U.», un derecho de uso de terreno para la
construcción de una subestación eléctrica de maniobras, una servidumbre personal,
voluntaria, permanente y aparente para la construcción de un camino de acceso a tal
subestación (servidumbre de acceso), así como otra servidumbre personal, voluntaria,
aparente y permanente de paso de energía eléctrica junto con su punto de entronque
(servidumbre de paso de energía eléctrica). Tal servidumbre se describía en la estipulación
segunda de la siguiente forma: «La descripción gráfica de la afección de la servidumbre sobre
la finca, el trazado, el camino, la ubicación de los apoyos del tramo aéreo y del tramo
encerrado y la ubicación de la Subestación, así como la superficie de esta última, se describe
en la planimetría que dejo unida a la matriz de esta escritura como Anexo I, referenciado con
coordenadas UMT». Tal plano quedaba, efectivamente, incorporado a la escritura.
La entidad «Ictio Solar, S.L.U.» compareció representada por doña L. T. M., haciéndose
constar lo siguiente sobre la representación: «Actúa en su calidad de apoderado, en virtud
de escritura de apoderamiento, vigente según asevera, conferido a su favor en fecha 5 de
junio de 2.020, autorizada por el Notario de Madrid don Segismundo Álvarez RoyoVillanova, con número 1.365 de su protocolo. Me exhiben copia autorizada de la escritura
referida, manifestando estar vigente su representación, que subsiste la entidad que
representa, así como que no han variado las circunstancias indicadas respecto al domicilio y
objeto social, juzgando yo el Notario suficientes las facultades representativas para la
constitución de derecho real que se formaliza en la presente escritura».
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143580
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
19269
Resolución de 8 de noviembre de 2021, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa
del registrador de la propiedad de Torrijos a inscribir una escritura de
constitución de derechos de servidumbre de paso de energía eléctrica y
cesión de uso de terreno.
En el recurso interpuesto por doña L. T. M., en nombre y representación de la
mercantil «Ictio Solar, S.L.U.», contra la negativa del registrador de la Propiedad de
Torrijos, don José Antonio Garvía Pastor, a inscribir una escritura de constitución de
derechos de servidumbre de paso de energía eléctrica y cesión de uso de terreno.
Hechos
I
II
Presentada el día 15 de abril de 2021 la referida escritura en el Registro de la
Propiedad de Torrijos, fue objeto de la siguiente nota de calificación.
«Entrada n.º: 3686 del año: 2021.
Asiento n.º: 209 Diario: 203.
Presentado el 15/04/2021 a las 09:50.
cve: BOE-A-2021-19269
Verificable en https://www.boe.es
El día 8 de abril de 2021 se autorizó por el notario de Madrid, don Ignacio GilAntuñano Vizcaíno, con el número 1.705 de protocolo, una escritura pública de
constitución de derechos de servidumbre legal, de paso de energía eléctrica, de acceso
y de cesión de uso permanente de terreno.
En virtud de la misma, los cónyuges don B. E. D. y doña E. G. R. constituyeron sobre
parte de la finca registral número 1.911 del Registro de la Propiedad de Torrijos, de su
titularidad, y a favor de la sociedad «Ictio Solar, S.L.U.», un derecho de uso de terreno para la
construcción de una subestación eléctrica de maniobras, una servidumbre personal,
voluntaria, permanente y aparente para la construcción de un camino de acceso a tal
subestación (servidumbre de acceso), así como otra servidumbre personal, voluntaria,
aparente y permanente de paso de energía eléctrica junto con su punto de entronque
(servidumbre de paso de energía eléctrica). Tal servidumbre se describía en la estipulación
segunda de la siguiente forma: «La descripción gráfica de la afección de la servidumbre sobre
la finca, el trazado, el camino, la ubicación de los apoyos del tramo aéreo y del tramo
encerrado y la ubicación de la Subestación, así como la superficie de esta última, se describe
en la planimetría que dejo unida a la matriz de esta escritura como Anexo I, referenciado con
coordenadas UMT». Tal plano quedaba, efectivamente, incorporado a la escritura.
La entidad «Ictio Solar, S.L.U.» compareció representada por doña L. T. M., haciéndose
constar lo siguiente sobre la representación: «Actúa en su calidad de apoderado, en virtud
de escritura de apoderamiento, vigente según asevera, conferido a su favor en fecha 5 de
junio de 2.020, autorizada por el Notario de Madrid don Segismundo Álvarez RoyoVillanova, con número 1.365 de su protocolo. Me exhiben copia autorizada de la escritura
referida, manifestando estar vigente su representación, que subsiste la entidad que
representa, así como que no han variado las circunstancias indicadas respecto al domicilio y
objeto social, juzgando yo el Notario suficientes las facultades representativas para la
constitución de derecho real que se formaliza en la presente escritura».