III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-19264)
Resolución de 27 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Tías, por la que se suspende la inscripción de una escritura de compraventa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 23 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 143541

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
19264

Resolución de 27 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Tías, por la que se suspende la inscripción
de una escritura de compraventa.

En el recurso interpuesto por don K. P., en nombre y representación de don W. D.,
contra la nota de calificación del registrador de la Propiedad de Tías, don Francisco
Javier Nieto González, por la que se suspende la inscripción de una escritura de
compraventa.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el día 12 de marzo de 2021 por el notario de Las
Palmas de Gran Canaria, don Javier Jiménez Cerrajería, don W. D., como administrador
de la herencia de don R. H., de nacionalidad alemana, en ejercicio de las facultades
reconocidas por el Derecho alemán al albacea para enajenar bienes del causante,
vendía a doña N. P. P. y a don A., doña P. y don A. M. P. una vivienda unifamiliar en el
término municipal de Yaiza, junto con la participación indivisa en la finca destinada a
albergar los elementos comunes de la urbanización, fincas registrales número 12.957
y 12.952. No se acreditaba la presentación a liquidación del Impuesto sobre Sucesiones
y Donaciones por el hecho imponible derivado de la adquisición hereditaria constando
extendida, en cambio, en el documento presentado, la nota de autoliquidación por el
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Tías, fue objeto de la
siguiente nota de calificación:
«Datos del Documento.
Asiento 1416 Diario 58 (NE 2006/ 021).
Fecha del documento: 12/03/2021.
Autorizante: Javier Jiménez Cerrajería.
Protocolo: 232/2021.
Francisco Javier Nieto González, Registrador de la Propiedad del distrito hipotecario
de Tías, he calificado negativamente el documento de referencia, al preciar en el mismo
la existencia de causas impeditivas para su inscripción, sobre la base de los siguientes.

Los que resultan del documento presentado, en cuya virtud Don W. D., como
administrador de la herencia de don R. H., de nacionalidad alemana, en ejercicio de las
facultades reconocidas por el derecho alemán al albacea para enajenar bienes del
causante, vende a Doña N. P. P. y a P., A. y A. M. P., una vivienda unifamiliar en la Calle
(…), término municipal de Yaiza, junto con la participación indivisa en la finca destinada a
albergar los elementos comunes de la urbanización, registrales 12.957 y 12.952. No se
acredita la presentación a liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por
el hecho imponible derivado de la adquisición hereditaria constando extendida, en

cve: BOE-A-2021-19264
Verificable en https://www.boe.es

Antecedentes de hecho.