III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-19261)
Resolución de 27 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la calificación del registrador de la propiedad de Torrevieja n.º 1, por la que se suspende inmatriculación de tres fincas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143510
de la Magistrada-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia número 3 de Torrvieja [sic], en virtud
del cual, acuerda y manda lo siguiente:
“....
I. Antecedentes de hecho
Primero.–Las presentes actuaciones se iniciaron por escrito de demanda de
fecha 03/04/2017, a instancia del Procurador D. B. F., en nombre y representación de A.
P. G., en ejercicio de la acción de División de Herencia respecto del causante A. P. T.,
fallecido en estado de viudo el 28/07/2016, abuelo del demandante, quien en testamento
de 21/03/2006 le nombró legatario de los tercios de mejora y libre disposición de todos
sus bienes. La demanda se dirigía contra M. D. P. A. y A. M. P. A., hijos y herederos del
causante. A la demanda se acompañaba propuesta de inventario y adjudicación de los
bienes de la herencia.
Segundo.–Admitida a trámite la demanda, se citó a las partes de comparecencia, que
tuvo lugar el 03/10/2018, a la que no compareció la demandada M. D. P. A., teniéndola
por conforme a lo solicitado en demanda. El demandado A. M. P. A. compareció en legal
forma, y, mostrándose conforme con la propuesta de inventario de bienes, se opuso a su
valoración.
Tercero.–Por Decreto de 25/10/2018 se nombró Administrador de los bienes de la
herencia al demandante. Se celebró Junta en fecha 12/06/2019 en la que se designó
perito a A. A. C., y contador-partidor a M. M. A., quienes aceptaron el cargo respectivo,
solicitando provisión de fondos que fue aprobada por Decreto de 23/08/2019.
Cuarto.–Por escrito de 11/11/2019, la Procuradora R. P. G. y el Letrado C. S. B.
renunciaron a la representación y defensa del demandado A. M. P. A. No designándose
nueva representación y defensa por el interesado en el plazo que le fue otorgado, por
Decreto de 14/02/2020 se le tuvo por no comparecido en las actuaciones. Por Diligencia
de Ordenación de 30/06/2020 se suspendió nuevamente el procedimiento a la espera de
la resolución de la Abstención formulada por la Letrada de la Administración de Justicia;
resolución que fue recurrida en reposición. Por Acuerdo de la Sra. Secretaria
Coordinadora Provincial de Alicante de fecha 07/10/2020 se acordó la sustitución de la
Letrada de este Juzgado por la Letrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 de este partido
judicial. De todo lo cual se ha dado cuenta a este Tribunal…
Vistos los preceptos legales citados, y demás de general y pertinente aplicación.
III. Parte dispositiva.
Se acuerda: con alzamiento de la suspensión del procedimiento, la aprobación del
inventario, avalúo, liquidación y adjudicación de los bienes integrantes de la herencia del
causante A. P. T., del modo siguiente:
Inventario y avalúo
1) ...
2) Inmuebles. Urbana sita en calle (…) Benijófar (…) Uso residencial (…)
Referencia catastral: 8473815XH9187S0001DH. Título: compraventa. Derecho: 100% de
propiedad (…)
3) Inmueble. Rústico. Parcela rústica, sita en (…) Benijófar (…) Inscripción registral:
no consta inscrita. Referencia catastral: 03034A001000760000QR. Título: compraventa.
Derecho: 100% de propiedad (…)
4) Inmueble. Rústico. Parcela rústica, sita en (…) Benijófar (…) Inscripción general:
no consta escrita. Referencia catastral: 03034A004000660000QO. Título: compraventa.
Derecho: 100% de Propiedad (…)
II. Liquidación del caudal hereditario. Asciende la herencia relicta de D. A. P. G. a la
suma de…
cve: BOE-A-2021-19261
Verificable en https://www.boe.es
I.
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143510
de la Magistrada-Juez del Juzgado de 1.ª Instancia número 3 de Torrvieja [sic], en virtud
del cual, acuerda y manda lo siguiente:
“....
I. Antecedentes de hecho
Primero.–Las presentes actuaciones se iniciaron por escrito de demanda de
fecha 03/04/2017, a instancia del Procurador D. B. F., en nombre y representación de A.
P. G., en ejercicio de la acción de División de Herencia respecto del causante A. P. T.,
fallecido en estado de viudo el 28/07/2016, abuelo del demandante, quien en testamento
de 21/03/2006 le nombró legatario de los tercios de mejora y libre disposición de todos
sus bienes. La demanda se dirigía contra M. D. P. A. y A. M. P. A., hijos y herederos del
causante. A la demanda se acompañaba propuesta de inventario y adjudicación de los
bienes de la herencia.
Segundo.–Admitida a trámite la demanda, se citó a las partes de comparecencia, que
tuvo lugar el 03/10/2018, a la que no compareció la demandada M. D. P. A., teniéndola
por conforme a lo solicitado en demanda. El demandado A. M. P. A. compareció en legal
forma, y, mostrándose conforme con la propuesta de inventario de bienes, se opuso a su
valoración.
Tercero.–Por Decreto de 25/10/2018 se nombró Administrador de los bienes de la
herencia al demandante. Se celebró Junta en fecha 12/06/2019 en la que se designó
perito a A. A. C., y contador-partidor a M. M. A., quienes aceptaron el cargo respectivo,
solicitando provisión de fondos que fue aprobada por Decreto de 23/08/2019.
Cuarto.–Por escrito de 11/11/2019, la Procuradora R. P. G. y el Letrado C. S. B.
renunciaron a la representación y defensa del demandado A. M. P. A. No designándose
nueva representación y defensa por el interesado en el plazo que le fue otorgado, por
Decreto de 14/02/2020 se le tuvo por no comparecido en las actuaciones. Por Diligencia
de Ordenación de 30/06/2020 se suspendió nuevamente el procedimiento a la espera de
la resolución de la Abstención formulada por la Letrada de la Administración de Justicia;
resolución que fue recurrida en reposición. Por Acuerdo de la Sra. Secretaria
Coordinadora Provincial de Alicante de fecha 07/10/2020 se acordó la sustitución de la
Letrada de este Juzgado por la Letrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 de este partido
judicial. De todo lo cual se ha dado cuenta a este Tribunal…
Vistos los preceptos legales citados, y demás de general y pertinente aplicación.
III. Parte dispositiva.
Se acuerda: con alzamiento de la suspensión del procedimiento, la aprobación del
inventario, avalúo, liquidación y adjudicación de los bienes integrantes de la herencia del
causante A. P. T., del modo siguiente:
Inventario y avalúo
1) ...
2) Inmuebles. Urbana sita en calle (…) Benijófar (…) Uso residencial (…)
Referencia catastral: 8473815XH9187S0001DH. Título: compraventa. Derecho: 100% de
propiedad (…)
3) Inmueble. Rústico. Parcela rústica, sita en (…) Benijófar (…) Inscripción registral:
no consta inscrita. Referencia catastral: 03034A001000760000QR. Título: compraventa.
Derecho: 100% de propiedad (…)
4) Inmueble. Rústico. Parcela rústica, sita en (…) Benijófar (…) Inscripción general:
no consta escrita. Referencia catastral: 03034A004000660000QO. Título: compraventa.
Derecho: 100% de Propiedad (…)
II. Liquidación del caudal hereditario. Asciende la herencia relicta de D. A. P. G. a la
suma de…
cve: BOE-A-2021-19261
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