V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL. (BOE-B-2021-47730)
Resolución de 16 de noviembre de 2021, de la Subdelegación del Gobierno en Alicante, sobre Finalización y Archivo de Procedimientos Sancionadores.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68052
órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Excluir del ámbito de la presente resolución aquellos
procedimientos que, relacionados en el referido Anexo, hayan sido objeto de una
previa resolución administrativa de finalización y archivo de actuaciones o
declarativa de caducidad.
CUARTO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante la Subdelegada del Gobierno en Alicante, en el
plazo máximo de UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se
publique la presente resolución.
ANEXO RESOLUCIÓN
EXPEDIENTE
2546
2463
2308
1785
AÑO
2020
2020
2020
2020
NIF/NIE
53240046Z
50923214H
X4781103R
22119578H
ID: A210062008-1
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-B-2021-47730
Verificable en https://www.boe.es
Alicante, 16 de noviembre de 2021.- El Secretario General, José Antonio
Cuadros Gallego.
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 68052
órgano instructor resolverá la finalización del procedimiento, con archivo de las
actuaciones, sin que sea necesaria la formulación de la propuesta de resolución,
cuando en la instrucción del procedimiento se ponga de manifiesto que concurre
alguna de las siguientes circunstancias:
c) Cuando los hechos probados no constituyan, de modo manifiesto, infracción
administrativa’’.
En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos
mencionados y en uso de las facultades conferidas,
RESUELVO
PRIMERO.- Acordar la acumulación de los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución.
SEGUNDO.- Declarar finalizados los procedimientos sancionadores que
figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, con archivo de las
actuaciones seguidas en los mismos.
TERCERO.- Excluir del ámbito de la presente resolución aquellos
procedimientos que, relacionados en el referido Anexo, hayan sido objeto de una
previa resolución administrativa de finalización y archivo de actuaciones o
declarativa de caducidad.
CUARTO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín
Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, al apreciar razones de interés público.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de
acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe
interponer recurso de Alzada ante la Subdelegada del Gobierno en Alicante, en el
plazo máximo de UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se
publique la presente resolución.
ANEXO RESOLUCIÓN
EXPEDIENTE
2546
2463
2308
1785
AÑO
2020
2020
2020
2020
NIF/NIE
53240046Z
50923214H
X4781103R
22119578H
ID: A210062008-1
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Alicante, 16 de noviembre de 2021.- El Secretario General, José Antonio
Cuadros Gallego.