III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-19280)
Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la modificación del III Convenio colectivo de Supersol Spain, SLU, Cashdiplo, SLU, y Superdistribución Ceuta, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280

Martes 23 de noviembre de 2021

Sec. III. Pág. 143656

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
19280

Resolución de 15 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica la modificación del III Convenio colectivo de
Supersol Spain, SLU, Cashdiplo, SLU, y Superdistribución Ceuta, SLU.

Visto el texto del Acta, de 29 de abril de 2021, en la que se contienen los acuerdos de
modificación del III Convenio colectivo de las empresas Supersol Spain, SLU, Cashdiplo,
SLU y Superdistribución Ceuta, SLU (código de convenio n.º 90100103012013), que fue
suscrita, de una parte, por los designados por la Dirección de las empresas, en
representación de las mismas, y, de otra, por los sindicatos CC.OO., U.G.T., C.G.T.,
C.S.A.T.T. y U.N.T.S. en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y
depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad.
Esta Dirección General de Empleo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción de la citada Acta para la modificación del Convenio colectivo
en el correspondiente Registro de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro
Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 15 de septiembre de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica
Martínez Barbero.
ANEXO II
Regulación convencional específica para las empresas Supersol Spain, SLU y
Superdistribución Ceuta, SLU a resultas de la revisión del presente Convenio

El 11 de marzo de 2021, la sociedad Centros Comerciales Carrefour, S.A.
(«Carrefour») procedió a la adquisición, mediante una operación de compraventa,
del 100% del paquete accionarial de las sociedades Supersol Spain, SLU y
Superdistribución Ceuta SLU («Supersol Spain» y «Superdistribución Ceuta» o,
conjuntamente, «las Empresas») Dicha operación trae consigo la necesaria adaptación y
transformación del negocio y de las unidades productivas de las Empresas
(supermercados de diferentes formatos) al modelo Carrefour.
Asimismo, tiene también su reflejo en el ámbito socio-laboral, dado que el III Convenio
Colectivo de Supersol Spain, SLU, Cashdiplo, SLU y Superdistribución Ceuta SLU,
publicado en el BOE de 19 de febrero de 2019 («el Convenio Colectivo» o «el Texto
Convencional»), se negoció en el ámbito de una estructura societaria diferente, que
incluye a la sociedad Cashdiplo, SLU, sociedad que no ha sido adquirida por Carrefour.
En este contexto, las Partes en la representación que ostentan cada una de ellas,
son conscientes de la necesidad de acometer la Revisión del texto convencional en lo

cve: BOE-A-2021-19280
Verificable en https://www.boe.es

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS