III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-19259)
Resolución de 15 de noviembre de 2021, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales, para la realización de actividades culturales.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143491
b) e i) del artículo 20.2 del mencionado TRLPI, del titular de las obras audiovisuales que
el IC le solicite, al precio unitario por largometraje y cortometraje indicado en la cláusula
quinta siguiente, o, en su caso, facilitar el contacto directo con el distribuidor o titular de
la obra para que pueda obtener su previa autorización.
La exhibición de las películas, así como la puesta a disposición de las mismas,
estará condicionada por los términos que establezca el titular o titulares de los derechos
en cada caso concreto, siendo EGEDA, en su compromiso de colaboración con el IC,
quien se encargue de su gestión.
Quedan al margen de este convenio y de la autorización de EGEDA los derechos
que pudieran corresponder, en su caso, a otros titulares, entre ellos a los autores,
artistas, intérpretes, ejecutantes y/o productores fonográficos.
Cuarta. Otras colaboraciones.
Ambas partes podrán acordar la realización de otras actividades distintas a las
reguladas en el presente convenio, tales como la realización de actividades formativas
conjuntas relacionadas con la difusión de la lengua española, como puede ser el
contenedor digital Platino Educa, y la cultura a través del cine, o proyectos que incluyen
la digitalización de contenidos de cine en español.
Con el fin de poder realizar estas otras actividades, u otras distintas a las reguladas
en el presente convenio, las partes podrán acordar mediante adenda modificativa la
ampliación del objeto del convenio. Dichas adendas se tramitarán conforme a lo
establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El IC abonará a EGEDA la cantidad de doscientos cincuenta euros (250 €) más IVA
por pase de un largometraje (en cualquier formato) y de ciento cincuenta euros (150 €)
más IVA por pase de un cortometraje (en cualquier formato), en concepto de pago de
derechos de comunicación pública de obras audiovisuales. Cuando la solicitud sea para
más de un pase, el IC abonará a EGEDA la cantidad de doscientos euros (200 €) más
IVA, por cada pase de largometraje y de cien euros (100 €) más IVA, por cada pase de
cortometraje.
El IC se hará cargo, asimismo, de los gastos de transporte de copias desde EGEDA
a los centros del IC que, en su caso, realice EGEDA o los productores de acuerdo con la
facturación emitida por EGEDA.
El Instituto Cervantes realizará los compromisos que asume en el presente convenio
con cargo a su presupuesto de 2021 en el que cuenta con crédito suficiente hasta un
máximo de seis mil doscientos cincuenta euros (6.250 €) anuales.
Los gastos derivados de los compromisos reconocidos en virtud del presente
convenio, durante su vigencia, en ejercicios posteriores a 2021 estarán supeditados a las
disponibilidades presupuestarias del IC para cada ejercicio económico, si bien la
previsión de gasto se estima similar a la de 2021.
La ejecución de los compromisos asumidos mediante el presente convenio queda
supeditada a la situación presupuestaria del Instituto Cervantes en el momento de
realización de las actividades, de forma que las partes reconocen que la financiación de las
mismas puede quedar afectada por acuerdos u órdenes de no disponibilidad
presupuestaria, u otras circunstancias similares, en cuyo caso se eximen de su ejecución,
sin poder exigir la una a la otra el cumplimiento de los compromisos afectados.
Sexta.
Publicidad y difusión.
El IC y EGEDA acuerdan intercambiar toda la información y notas de prensa relativas
a sus actividades susceptibles de ser incluidas en los boletines informativos que ambas
entidades editan periódicamente.
cve: BOE-A-2021-19259
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Condiciones económicas.
Núm. 280
Martes 23 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143491
b) e i) del artículo 20.2 del mencionado TRLPI, del titular de las obras audiovisuales que
el IC le solicite, al precio unitario por largometraje y cortometraje indicado en la cláusula
quinta siguiente, o, en su caso, facilitar el contacto directo con el distribuidor o titular de
la obra para que pueda obtener su previa autorización.
La exhibición de las películas, así como la puesta a disposición de las mismas,
estará condicionada por los términos que establezca el titular o titulares de los derechos
en cada caso concreto, siendo EGEDA, en su compromiso de colaboración con el IC,
quien se encargue de su gestión.
Quedan al margen de este convenio y de la autorización de EGEDA los derechos
que pudieran corresponder, en su caso, a otros titulares, entre ellos a los autores,
artistas, intérpretes, ejecutantes y/o productores fonográficos.
Cuarta. Otras colaboraciones.
Ambas partes podrán acordar la realización de otras actividades distintas a las
reguladas en el presente convenio, tales como la realización de actividades formativas
conjuntas relacionadas con la difusión de la lengua española, como puede ser el
contenedor digital Platino Educa, y la cultura a través del cine, o proyectos que incluyen
la digitalización de contenidos de cine en español.
Con el fin de poder realizar estas otras actividades, u otras distintas a las reguladas
en el presente convenio, las partes podrán acordar mediante adenda modificativa la
ampliación del objeto del convenio. Dichas adendas se tramitarán conforme a lo
establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
El IC abonará a EGEDA la cantidad de doscientos cincuenta euros (250 €) más IVA
por pase de un largometraje (en cualquier formato) y de ciento cincuenta euros (150 €)
más IVA por pase de un cortometraje (en cualquier formato), en concepto de pago de
derechos de comunicación pública de obras audiovisuales. Cuando la solicitud sea para
más de un pase, el IC abonará a EGEDA la cantidad de doscientos euros (200 €) más
IVA, por cada pase de largometraje y de cien euros (100 €) más IVA, por cada pase de
cortometraje.
El IC se hará cargo, asimismo, de los gastos de transporte de copias desde EGEDA
a los centros del IC que, en su caso, realice EGEDA o los productores de acuerdo con la
facturación emitida por EGEDA.
El Instituto Cervantes realizará los compromisos que asume en el presente convenio
con cargo a su presupuesto de 2021 en el que cuenta con crédito suficiente hasta un
máximo de seis mil doscientos cincuenta euros (6.250 €) anuales.
Los gastos derivados de los compromisos reconocidos en virtud del presente
convenio, durante su vigencia, en ejercicios posteriores a 2021 estarán supeditados a las
disponibilidades presupuestarias del IC para cada ejercicio económico, si bien la
previsión de gasto se estima similar a la de 2021.
La ejecución de los compromisos asumidos mediante el presente convenio queda
supeditada a la situación presupuestaria del Instituto Cervantes en el momento de
realización de las actividades, de forma que las partes reconocen que la financiación de las
mismas puede quedar afectada por acuerdos u órdenes de no disponibilidad
presupuestaria, u otras circunstancias similares, en cuyo caso se eximen de su ejecución,
sin poder exigir la una a la otra el cumplimiento de los compromisos afectados.
Sexta.
Publicidad y difusión.
El IC y EGEDA acuerdan intercambiar toda la información y notas de prensa relativas
a sus actividades susceptibles de ser incluidas en los boletines informativos que ambas
entidades editan periódicamente.
cve: BOE-A-2021-19259
Verificable en https://www.boe.es
Quinta. Condiciones económicas.