II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-19157)
Resolución de 5 de noviembre de 2021, conjunta de la Universidad de Cantabria y la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 22 de noviembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 143053

el tiempo máximo de dos horas, de un trabajo original de investigación realizado por el
candidato, sólo o en equipo. A este respecto, y una vez conocido el resultado de la
primera prueba, los candidatos que la hubieran superado aportarán a los miembros de la
Comisión un resumen en formato pdf de dicho trabajo. Finalizada la segunda prueba,
cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe con la valoración
motivada sobre cada candidato, ajustada a los criterios establecidos. Para superar esta
segunda prueba, los candidatos deberán tener los informes favorables de, al menos, tres
miembros de la Comisión.
5. Una vez celebrado el concurso de acceso, se harán públicos los resultados de la
evaluación de cada candidato, desglosados por cada uno de los aspectos evaluados de
acuerdo con los criterios fijados por la propia comisión.
Octava. Propuesta de provisión.
Las comisiones que juzguen los concursos de acceso propondrán al Rector,
motivadamente y con carácter vinculante, una relación de todos los candidatos por orden
de preferencia para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta el
número de plazas convocadas a concurso. El proceso podrá concluir también con la
propuesta de la comisión de no proveer la plaza convocada. La propuesta se hará
pública por la Comisión en el lugar de celebración de la prueba.
Junto con la propuesta, el Secretario de la Comisión deberá hacer llegar a la Sección
de Personal Docente e Investigador toda la documentación relativa a las actuaciones de
la Comisión, así como toda la documentación aportada por cada candidato, la cual les
podrá ser devuelta, si así lo solicitan, una vez finalizado y firme el proceso del concurso.
Contra la propuesta de la Comisión, los candidatos podrán presentar reclamación
ante el Rector, en el plazo máximo de diez días contados a partir del siguiente al de su
publicación en el lugar de celebración de las pruebas. Admitida a trámite, se suspenderá
el nombramiento hasta su resolución definitiva.
Las reclamaciones serán valoradas por la Comisión de Reclamaciones prevista en el
artículo 128 de los Estatutos de la Universidad de Cantabria Esta Comisión dispondrá de
un plazo máximo de tres meses para ratificar o no la propuesta. Las resoluciones de la
Comisión de Reclamaciones serán vinculantes para el Rector, cuyas resoluciones agotan
la vía administrativa y serán impugnables directamente ante la jurisdicción contenciosoadministrativa, de acuerdo con lo establecido en su ley reguladora.
La documentación de los concursantes a plazas que no hayan sido objeto de
reclamación será destruida por la Sección de Personal Docente e Investigador, una vez
finalizado y firme el proceso del concurso.
La documentación de los aspirantes a las plazas que hayan sido objeto de recurso
no podrá ser destruida hasta la firmeza de la resolución impugnada.
Presentación de documentos por los concursantes.

Los concursantes propuestos deberán acreditar que reúnen los requisitos exigidos
por la legislación vigente en el plazo de veinte días siguientes a la citada publicación. Si
el concursante propuesto no presentara la documentación requerida se procederá al
nombramiento del siguiente concursante en el orden de prelación formulado por la
comisión.
Para ello, deberán presentar en la Secretaría General de la Universidad de Cantabria
por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada, u original y fotocopia para su cotejo, del título de Doctor y
del título oficial de Especialista.

cve: BOE-A-2021-19157
Verificable en https://www.boe.es

Novena.