II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-19157)
Resolución de 5 de noviembre de 2021, conjunta de la Universidad de Cantabria y la Consejería de Sanidad del Gobierno de Cantabria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 22 de noviembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 143050

Tercera. Categoría asistencial de las plazas vinculadas.
Las plazas de los cuerpos docentes convocadas quedan vinculadas con la categoría
y especialidad de la plaza asistencial que figura en el anexo I de esta convocatoria. En el
supuesto de que alguno de los aspirantes seleccionados se encontrase ejerciendo como
Jefe de Servicio y de Sección en el mismo centro y especialidad al que pertenezca la
vacante, se mantendrá en el puesto asistencial que venía desempeñando.
Cuarta. Solicitudes.
4.1 Las solicitudes para participar en la convocatoria, dirigidas al Rector de la
Universidad de Cantabria, se presentarán a través de la sede electrónica de la
Universidad de Cantabria (https://sede.unican.es/tramites-y-procedimientos) utilizando el
procedimiento «Convocatorias de PDI Funcionario» para cuyo acceso se precisará
disponer de un certificado electrónico válido.
4.2 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados
desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el tablón
de anuncios del Rectorado.
4.3 Junto con la solicitud se deberá adjuntar, siempre en formato PDF, la siguiente
documentación:

La no aportación de la documentación indicada en el plazo de presentación de
instancias o en el de subsanación concedido al efecto, determinará la exclusión
automática del aspirante del procedimiento.
Los funcionarios de carrera que se encuentren prestando servicios en la Universidad
de Cantabria, estarán exentos de justificar los requisitos de los apartados a) y b).
4.4 Así mismo, las solicitudes podrán presentarse cumplimentando e imprimiendo
el formulario disponible en la sede electrónica de la Universidad de Cantabria (https://
sede.unican.es/tramites-y-procedimientos) utilizando el procedimiento «Convocatorias de
PDI Funcionario», al que se adjuntará la documentación requerida en el apartado 4.3.
En este caso, la presentación de solicitudes y la documentación requerida se
realizará en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de esta Universidad,
Pabellón de Gobierno, Avda. de los Castros, 54, 39005 Santander, bien directamente, o
a través de las restantes formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán
entregarse en sobre abierto para ser fechadas y selladas por la persona empleada de
Correos antes de ser certificadas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado, a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes,
quienes la remitirán seguidamente a esta Universidad.
4.5 Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo el procedimiento
señalado en la base 4.4 se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada
en la Oficina de Asistencia en Materia de Registro de la Universidad de Cantabria.
4.6 La presentación de la solicitud conllevará la aceptación de las bases de la
convocatoria y una declaración responsable en el sentido de que todos los datos
consignados en la solicitud se ajustan a la realidad y la aceptación de que la inexactitud
de los datos y circunstancias declaradas, así como la manipulación de documentos,

cve: BOE-A-2021-19157
Verificable en https://www.boe.es

a) Documento nacional de identidad, pasaporte o documento acreditativo de la
nacionalidad. En el caso de los aspirantes que no posean la nacionalidad española, la
acreditación se realizará por medio de certificados expedidos por las autoridades
competentes de su país de origen, traducidos al español.
b) Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos específicos a que
hace referencia el apartado 2 de la base segunda.
c) Justificante acreditativo del pago en concepto de derechos de examen.