III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Sector público. Medios electrónicos. (BOE-A-2021-19175)
Resolución de 3 de noviembre de 2021, de la Dirección de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por la que se aprueba el sistema de identificación, autenticación y firma electrónica de clave concertada, denominado eSignature for Foreigners (e4F), para ciudadanos extranjeros, para actuaciones en la sede electrónica de este organismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279

Lunes 22 de noviembre de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
Resolución de 3 de noviembre de 2021, de la Dirección de la Agencia Estatal
de Seguridad Aérea, por la que se aprueba el sistema de identificación,
autenticación y firma electrónica de clave concertada, denominado
eSignature for Foreigners (e4F), para ciudadanos extranjeros, para
actuaciones en la sede electrónica de este organismo.

La Resolución de 7 de abril de 2011, de la Presidencia de la Agencia Estatal de
Seguridad Aérea (en adelante La Agencia), por la que se crea la Sede Electrónica y el
Registro Electrónico de la Agencia, recoge el funcionamiento, requisitos y condiciones
para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones, estableciendo
que la acreditación de la identidad de los ciudadanos y la firma de los documentos
aportados se realizará mediante alguno de los sistemas relacionados en la normativa
aplicable. A estos efectos, resultan de aplicación los artículos 9.2 y 10.2 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativos Común de las
Administraciones Públicas.
El Registro Electrónico de la Agencia permite la recepción y remisión de solicitudes,
escritos y comunicaciones relativos a su ámbito, en la forma y con el alcance previstos
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas y en los artículos 37, 39.1 y 39.2 del Real
Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y
funcionamiento del sector público por medios electrónicos.
La Orden PRE/1838/2014, de 8 de octubre, por la que se publica el Acuerdo de
Consejo de Ministros, de 19 de septiembre de 2014, aprueba Cl@ve, la plataforma
común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación, autenticación y
firma electrónica mediante el uso de claves concertadas, designa a esta plataforma
como el sistema orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos
a los servicios públicos, permitiendo que estos puedan identificarse ante la
Administración mediante claves concertadas sin tener que recordar claves diferentes
para acceder a los distintos servicios.
Este sistema está destinado a ciudadanos españoles y extranjeros residentes en
España, además de permitir la validación de usuarios de países miembros de la Unión
Europea a través de la pasarela STORK, plataforma de interoperabilidad que permite el
reconocimiento paneuropeo de identidades electrónicas, y que servirá de base para la
construcción del futuro sistema de reconocimiento de identidades electrónicas previsto
en el reglamento europeo de identificación electrónica y servicios de confianza,
Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio
de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las
transacciones electrónicas en el mercado interior y por la que se deroga la
Directiva 1999/93/CE. Sin embargo, su ámbito de aplicación no incluye a los ciudadanos
extranjeros de países no comunitarios que puedan requerir de los servicios de la
Administración General del Estado en las competencias legalmente atribuidas al Estado
Español.
En el ámbito de las competencias de la Agencia, existe una serie de procedimientos
y servicios que son de uso habitual por ciudadanos extranjeros.
La dificultad de este colectivo para disponer de un certificado electrónico reconocido
o cualificado expedido por prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores
de servicios de certificación», aconseja que, para determinados procedimientos y

cve: BOE-A-2021-19175
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