III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-19169)
Resolución de 26 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Monóvar, por la que se suspende la inscripción de una escritura de agrupación y rectificación descriptiva de fincas acreditada en expediente notarial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 279
Lunes 22 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143157
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
19169
Resolución de 26 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Monóvar, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de agrupación y rectificación descriptiva de fincas
acreditada en expediente notarial.
En el recurso interpuesto por don José María Navarrete Vallejo, notario de Monóvar,
contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Monóvar, doña Isolda
Vilches Rodríguez, por la que se suspende la inscripción de una escritura de agrupación
y rectificación descriptiva de fincas acreditada en expediente notarial.
Hechos
I
Mediante escritura pública otorgada el día 11 de febrero de 2021 ante el notario de
Monóvar, don José María Navarrete Vallejo, con el número 170 de protocolo, don S. A.
M. y doña R. N. G., como titulares del usufructo conjunto y sucesivo, y doña N. A. N,
como titular de la nuda propiedad la de la finca registral número 17.309 de Monóvar,
procedieron a agruparla con otra finca de Monóvar, la registral número 14.100, cuyo
usufructo, con carácter privativo pertenecía a don S. A. M., y la nuda propiedad
pertenecía a doña N. A. N, resultando de la agrupación un exceso de cabida, que
pretendía rectificarse iniciando procedimiento para la rectificación descriptiva de finca
previsto en el artículo 201 de la Ley Hipotecaria.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Monóvar, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Tipo documento: escritura de agrupación y expediente de dominio para
inmatriculación de exceso de cabida de finca.
LIBRO Entrada: 2078.
Previo examen y calificación conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria y
concordantes de su Reglamento de la escritura de agrupación y expediente de dominio
para inmatriculación de exceso de cabida de finca otorgada en Monòver, el día 11 de
Febrero de 2021, ante su Notario Don José María Navarrete Vallejo, protocolo
número 170, presentada en este Registro el 24/05/2021 por S. A. M., el Registrador de la
Propiedad que suscribe ha resuelto suspender la práctica de los asientos solicitados, en
base a los siguientes:
Hechos:
I. Según resulta de la Escritura presentada de «Agrupación y expediente de
dominio para la inmatriculación de exceso de cabida de finca», D. S. A. M., Dña. R. N. G.
y Dña. N. A. N. proceden a agrupar las fincas registrales 14.100 y 17.309 de Monóvar y
actualizan la superficie de la finca una vez agrupada, mediante la tramitación de un
cve: BOE-A-2021-19169
Verificable en https://www.boe.es
LIBRO Diario: Asiento 777, Diario 152.
Núm. 279
Lunes 22 de noviembre de 2021
Sec. III. Pág. 143157
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
19169
Resolución de 26 de octubre de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Monóvar, por la que se suspende la
inscripción de una escritura de agrupación y rectificación descriptiva de fincas
acreditada en expediente notarial.
En el recurso interpuesto por don José María Navarrete Vallejo, notario de Monóvar,
contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Monóvar, doña Isolda
Vilches Rodríguez, por la que se suspende la inscripción de una escritura de agrupación
y rectificación descriptiva de fincas acreditada en expediente notarial.
Hechos
I
Mediante escritura pública otorgada el día 11 de febrero de 2021 ante el notario de
Monóvar, don José María Navarrete Vallejo, con el número 170 de protocolo, don S. A.
M. y doña R. N. G., como titulares del usufructo conjunto y sucesivo, y doña N. A. N,
como titular de la nuda propiedad la de la finca registral número 17.309 de Monóvar,
procedieron a agruparla con otra finca de Monóvar, la registral número 14.100, cuyo
usufructo, con carácter privativo pertenecía a don S. A. M., y la nuda propiedad
pertenecía a doña N. A. N, resultando de la agrupación un exceso de cabida, que
pretendía rectificarse iniciando procedimiento para la rectificación descriptiva de finca
previsto en el artículo 201 de la Ley Hipotecaria.
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Monóvar, fue objeto de
la siguiente nota de calificación:
«Tipo documento: escritura de agrupación y expediente de dominio para
inmatriculación de exceso de cabida de finca.
LIBRO Entrada: 2078.
Previo examen y calificación conforme al artículo 18 de la Ley Hipotecaria y
concordantes de su Reglamento de la escritura de agrupación y expediente de dominio
para inmatriculación de exceso de cabida de finca otorgada en Monòver, el día 11 de
Febrero de 2021, ante su Notario Don José María Navarrete Vallejo, protocolo
número 170, presentada en este Registro el 24/05/2021 por S. A. M., el Registrador de la
Propiedad que suscribe ha resuelto suspender la práctica de los asientos solicitados, en
base a los siguientes:
Hechos:
I. Según resulta de la Escritura presentada de «Agrupación y expediente de
dominio para la inmatriculación de exceso de cabida de finca», D. S. A. M., Dña. R. N. G.
y Dña. N. A. N. proceden a agrupar las fincas registrales 14.100 y 17.309 de Monóvar y
actualizan la superficie de la finca una vez agrupada, mediante la tramitación de un
cve: BOE-A-2021-19169
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LIBRO Diario: Asiento 777, Diario 152.