II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-17297)
Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 25 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 129123
Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes, que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados y además poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o
superior al de los convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
3. La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida
con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión
de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas
o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones
otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al
efecto.
4. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos y candidatas que hayan
obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto
en la presente convocatoria.
5. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de su constitución, la Comisión de Valoración del Concurso acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte
de las personas excluidos. Al listado de exclusiones se le dará la publicidad a través del
Portal Funciona (Mis Servicios de RRHH-SIGP), publicándose, asimismo, en la página
web del Departamento una nota informativa.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se reúna la comisión de valoración del concurso. De la fecha de
la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada se admitirá hasta el día anterior a la
fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha
fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las valoraciones
provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Novena. Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de valoración dará publicidad, mediante Nota
Informativa en el Portal web del Departamento, la posibilidad de consultar las mismas a
través del Portal Web Funciona (Mis Servicios de RRHH-SIGP). Los interesados
dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a partir de dicha publicación para realizar las
alegaciones.
Décima. Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio
de Hacienda y Función Pública en un plazo máximo de 6 meses, desde el día siguiente
al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial
cve: BOE-A-2021-17297
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 255
Lunes 25 de octubre de 2021
Sec. II.B. Pág. 129123
Los miembros titulares de la Comisión, así como los suplentes, que en caso de
ausencia justificada les sustituirán con voz y voto, deberán pertenecer a Cuerpos o
Escalas de subgrupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos
convocados y además poseer grado personal o desempeñar puestos de nivel igual o
superior al de los convocados.
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Real Decreto 364/1995. Su designación recaerá en el Órgano
convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
3. La valoración de los méritos deberá efectuarse mediante puntuación obtenida
con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión
de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas
o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones
otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al
efecto.
4. La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos y candidatas que hayan
obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto
en la presente convocatoria.
5. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión. Renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del presente concurso la
persona participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de
los procedimientos legalmente previstos, deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación, y en todo
caso, antes de su constitución, la Comisión de Valoración del Concurso acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de 5 días hábiles para las posibles subsanaciones por parte
de las personas excluidos. Al listado de exclusiones se le dará la publicidad a través del
Portal Funciona (Mis Servicios de RRHH-SIGP), publicándose, asimismo, en la página
web del Departamento una nota informativa.
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se reúna la comisión de valoración del concurso. De la fecha de
la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada se admitirá hasta el día anterior a la
fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las solicitudes. Dicha
fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las valoraciones
provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Novena. Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a los diferentes candidatos y candidatas de las valoraciones
provisionales otorgadas, la Comisión de valoración dará publicidad, mediante Nota
Informativa en el Portal web del Departamento, la posibilidad de consultar las mismas a
través del Portal Web Funciona (Mis Servicios de RRHH-SIGP). Los interesados
dispondrán de un plazo de 3 días hábiles, a partir de dicha publicación para realizar las
alegaciones.
Décima. Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría del Ministerio
de Hacienda y Función Pública en un plazo máximo de 6 meses, desde el día siguiente
al de la finalización de la presentación de instancias, y se publicará en el «Boletín Oficial
cve: BOE-A-2021-17297
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 255