III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-17262)
Resolución de 26 de septiembre de 2021, del Director General de Agenda Urbana y Arquitectura, por la que se publica el Convenio con la Junta de Castilla y León, el Ayuntamiento de Palencia y la Diputación Provincial de Palencia, para la ejecución de las obras de "Rehabilitación de la Antigua Fábrica La Tejera para Centro de Formación, Congresos y Ferias en Palencia, Fase-1: Urbanización, Edificio de La Tejera y Edificio Auxiliar sobre rasante".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Sábado 23 de octubre de 2021

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satisfacción de las partes, de acuerdo con sus respectivas competencias, teniendo en
cuenta las siguientes reglas:
a) Si de la liquidación resultara que el importe de las actuaciones ejecutadas por
alguna de las partes fuera inferior a los fondos que la misma hubiera recibido del resto
de partes del Convenio para financiar dicha ejecución, aquella deberá reintegrar a estas
el exceso que corresponda a cada una, en el plazo máximo de un mes desde que se
hubiera aprobado la liquidación.
Transcurrido el plazo máximo de un mes, mencionado en el párrafo anterior, sin que
se haya producido el reintegro, se deberá abonar a dichas partes, también en el plazo de
un mes a contar desde ese momento, el interés de demora aplicable al citado reintegro,
que será en todo caso el que resulte de las disposiciones de carácter general
reguladoras del gasto público y de la actividad económico-financiera del sector público.
b) Si fuera superior, el resto de partes del Convenio, en el plazo de un mes desde la
aprobación de la liquidación, deberá abonar a la parte de que se trate la diferencia que
corresponda a cada una de ellas, con el límite máximo de las cantidades que cada una
de ellas se hubiera comprometido a aportar en virtud del Convenio. En ningún caso las
partes del Convenio tendrán derecho a exigir al resto cuantía alguna que supere los
citados límites máximos.
3. No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de
resolución del Convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a
propuesta de la comisión de seguimiento, vigilancia y control podrán acordar la
continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas,
estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá
realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en el apartado
anterior.
Decimoquinta.

Naturaleza y régimen jurídico.

Este Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo dispuesto en el
capítulo VI del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, así como por el artículo 57 de la Ley de Bases del Régimen Local y
demás normas de derecho administrativo aplicables.
Las cuestiones litigiosas y los desacuerdos respecto a su ejecución e interpretación
que no pudieran resolverse de manera amistosa en el seno de la Comisión de
Seguimiento, Vigilancia y Control, serán resueltas de conformidad con la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

cve: BOE-A-2021-17262
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad, se suscribe este Convenio en el lugar y fecha arriba
indicados, por cuadruplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando uno de ellos en
poder de cada una de las partes.–La Secretaria de Estado de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana, Isabel Pardo de Vera Posada.–El Consejero de Fomento y Medio
Ambiente de la Junta de Castilla y León, Juan Carlos Suárez-Quiñones Fernández.–La
Presidencia de la Diputación Provincial de Palencia, M.ª Ángeles Armisén Pedrejón.–El
Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Palencia, Mario Simón Martín.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X