III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-17268)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Centro Universitario UNED-Melilla, para la realización de prácticas académicas de los alumnos del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y enseñanzas de Idiomas, en los centros educativos dependientes del Ministerio en Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254

Sábado 23 de octubre de 2021

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obtención del reconocimiento, serán realizados por el responsable del centro UNEDMelilla.
5. Seleccionar a los alumnos que, reuniendo los requisitos de titulación y
experiencia exigidos en virtud del presente convenio, realicen las practicas encaminadas
a la consecución del objetivo descrito en el documento de práctica individual, sin
perjuicio de la verificación por parte del Ministerio de Ministerio de Educación y
Formación Profesional del cumplimiento de aquellos requisitos.
6. Ejercer de modo real, efectivo y continuo, la supervisión necesaria sobre los
alumnos que realicen las prácticas.
7. Velar porque los alumnos que realicen las prácticas desarrollen su actividad sin
extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el
presente convenio.
8. Suscribir pólizas de seguro (de responsabilidad civil y de accidentes) en favor de
los estudiantes en prácticas realizadas al amparo del presente convenio, como se ha
señalado en la cláusula segunda, apartado G.
9. UNED-Melilla recabará de cada estudiante participante el compromiso de:
a) Aprovechar al máximo las posibilidades de aprendizaje que el centro de
prácticas le ofrezca.
b) Realizar las tareas que el centro de prácticas le encomiende dentro de los
objetivos establecidos en la convocatoria de la práctica.
c) Respetar los reglamentos y normas del centro de prácticas.
d) Respetar las condiciones particulares establecidas en la convocatoria de
prácticas, que serán reflejadas en el Anexo a este convenio que se firme a tal efecto, en
el que también ha de constar la participación del estudiante en el programa.
e) Mantener la más absoluta reserva sobre los acontecimientos y documentos del
centro de prácticas.
B)

Obligaciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

El Ministerio de Educación y Formación Profesional a su vez se compromete a:
1. Presentar a UNED-Melilla a petición de ésta y sin que ello suponga obligación
contractual, las ofertas de prácticas que consideren oportunas de las especialidades
solicitadas, especificando el número de puestos que se ofrecen, destino dentro de los
centros del ámbito de gestión de la Dirección Provincial, duración de las mismas,
requisitos de formación exigidos y características de las prácticas.
2. Facilitar al estudiante las herramientas necesarias para realizar el trabajo
encomendado.
3. Asignar al tutor de docencia directa responsable del programa de formación del
estudiante y de las relaciones con el tutor académico nombrado por UNED-Melilla. La
principal misión del tutor de docencia directa consistirá en supervisar el desempeño del
estudiante, en base al Proyecto formativo establecido por la UNED.
4. Emitir un informe final de las prácticas realizadas, a través del tutor de prácticas
seleccionado por la Dirección Provincial, con mención expresa de la actividad
desarrollada, su duración y su rendimiento
Difusión.

UNED-Melilla y el Ministerio de Educación y Formación Profesional se autorizan
recíprocamente a utilizar sus respectivos logotipos como entidades colaboradoras
exclusivamente en la difusión y publicidad de las actividades objeto del presente
convenio, sujeto a las reglas e instrucciones que ambas instituciones puedan
proporcionarse recíprocamente a tal efecto.

cve: BOE-A-2021-17268
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.