III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-17268)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Centro Universitario UNED-Melilla, para la realización de prácticas académicas de los alumnos del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y enseñanzas de Idiomas, en los centros educativos dependientes del Ministerio en Melilla.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 254
Sábado 23 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128971
Cualquier eventualidad de enfermedad o accidente que el alumno pudiese sufrir
durante el tiempo de la práctica, será cubierta por el correspondiente seguro del propio
alumno, Seguro Escolar, póliza complementaria que haya suscrito la UNED o seguro
privado, quedando el Ministerio de Educación y Formación Profesional libre de cualquier
tipo de responsabilidad.
H)
Certificado de delitos de naturaleza sexual
El estudiante que desee participar en estas prácticas deberá contar con la
certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, en aplicación de la
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción dada por la
Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y por la Ley 26/2015, de 28 de julio.
Tercera. Obligaciones de las partes.
A)
Obligaciones de UNED-Melilla.
1. Cumplimentar el anexo al que se refiere la cláusula segunda de este convenio
para cada estudiante en prácticas (según modelo adjunto) donde se consigne la
siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de incorporación y
finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el
horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la entidad colaboradora.
Además, el anexo del estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se
harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el
estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará.
2. Designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia
plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
3. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos
que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se
establezcan.
4. Nombrar a los tutores de docencia directa designados por la Dirección Provincial
del Ministerio de Educación y FP como «Tutor/a en Prácticas Externas», de acuerdo con
las condiciones establecidas por la propia UNED-Melilla, reconociendo su actividad
colaboradora mediante la certificación correspondiente. Los trámites necesarios para la
cve: BOE-A-2021-17268
Verificable en https://www.boe.es
a) Actuar como interlocutor de UNED-Melilla frente al Ministerio de Educación y
Formación Profesional, canalizando la comunicación entre la Universidad y los alumnos
que realicen las prácticas, de un lado, y el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas del desarrollo de
las mismas.
b) Distribuir el trabajo entre los alumnos que realicen las prácticas, e impartir a
dichos alumnos las órdenes e instrucciones que sean necesarias en relación con el
desarrollo de las mismas.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte de los alumnos de las funciones que
tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dichos alumnos al lugar
establecido para la realización de las prácticas.
d) Organizar el régimen de permisos del personal que realice las prácticas,
debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente UNED-Melilla con el Ministerio de
Educación y Formación Profesional, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del
servicio.
e) Informar al Ministerio de Educación y Formación Profesional acerca de las
variaciones, ocasionales o permanentes, en la relación de alumnos que realicen las
prácticas.
Núm. 254
Sábado 23 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128971
Cualquier eventualidad de enfermedad o accidente que el alumno pudiese sufrir
durante el tiempo de la práctica, será cubierta por el correspondiente seguro del propio
alumno, Seguro Escolar, póliza complementaria que haya suscrito la UNED o seguro
privado, quedando el Ministerio de Educación y Formación Profesional libre de cualquier
tipo de responsabilidad.
H)
Certificado de delitos de naturaleza sexual
El estudiante que desee participar en estas prácticas deberá contar con la
certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, en aplicación de la
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación
parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción dada por la
Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, y por la Ley 26/2015, de 28 de julio.
Tercera. Obligaciones de las partes.
A)
Obligaciones de UNED-Melilla.
1. Cumplimentar el anexo al que se refiere la cláusula segunda de este convenio
para cada estudiante en prácticas (según modelo adjunto) donde se consigne la
siguiente información: datos del estudiante, titulación, fecha de incorporación y
finalización de la práctica, entidad donde se realizará la práctica, el calendario y el
horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la entidad colaboradora.
Además, el anexo del estudiante deberá incorporar el proyecto formativo en el que se
harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe adquirir el
estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará.
2. Designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia
plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
3. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor de la entidad colaboradora en todos aquellos aspectos
que afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se
establezcan.
4. Nombrar a los tutores de docencia directa designados por la Dirección Provincial
del Ministerio de Educación y FP como «Tutor/a en Prácticas Externas», de acuerdo con
las condiciones establecidas por la propia UNED-Melilla, reconociendo su actividad
colaboradora mediante la certificación correspondiente. Los trámites necesarios para la
cve: BOE-A-2021-17268
Verificable en https://www.boe.es
a) Actuar como interlocutor de UNED-Melilla frente al Ministerio de Educación y
Formación Profesional, canalizando la comunicación entre la Universidad y los alumnos
que realicen las prácticas, de un lado, y el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas del desarrollo de
las mismas.
b) Distribuir el trabajo entre los alumnos que realicen las prácticas, e impartir a
dichos alumnos las órdenes e instrucciones que sean necesarias en relación con el
desarrollo de las mismas.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte de los alumnos de las funciones que
tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dichos alumnos al lugar
establecido para la realización de las prácticas.
d) Organizar el régimen de permisos del personal que realice las prácticas,
debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente UNED-Melilla con el Ministerio de
Educación y Formación Profesional, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del
servicio.
e) Informar al Ministerio de Educación y Formación Profesional acerca de las
variaciones, ocasionales o permanentes, en la relación de alumnos que realicen las
prácticas.