II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación. (BOE-A-2021-17255)
Resolución de 18 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema de promoción interna, en la Escala de Científicos Titulares de los Organismos Públicos de Investigación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de octubre de 2021

Sec. II.B. Pág. 128849

apartados a), b), c) y d) del baremo anterior, siendo necesario alcanzar 15 puntos, como
mínimo, para pasar a la segunda fase del concurso.
La acreditación de los méritos a que se refieren el apartado a) del baremo, se
realizará por las unidades competentes de los Organismos Públicos de Investigación, de
la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas y de las
Universidades públicas, que procederán a expedir certificación, referida a la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes. La citada acreditación deberá
presentarse, en la sede del tribunal calificador del perfil científico por el que concurran,
hasta la terminación del plazo de subsanaciones a la lista provisional de admitidos y
excluidos del proceso selectivo.
En ningún caso la puntuación obtenida en la primera fase de concurso podrá
aplicarse para superar la segunda fase.
7. Para la realización de la segunda fase del concurso, el tribunal correspondiente a
cada perfil científico convocará sucesivamente a los aspirantes admitidos en la misma
que hayan superado la primera fase.
8. La segunda fase del concurso, tiene por objeto comprobar la adecuación de los
méritos, competencias y capacidades de los aspirantes con las características y
funciones de la plaza por la que participa y consistirá en la exposición oral y pública por
el aspirante, durante un tiempo máximo de 30 minutos, de su visión acerca del estado
actual de las líneas de investigación más relacionadas con las actividades de
colaboración científica desempeñadas como Técnico Superior Especializado de los
Organismos Públicos de Investigación, como Científico Superior de la Defensa, como
funcionario de carrera de los cuerpos docentes universitarios y como personal
investigador contratado, como personal laboral fijo, por los Organismos Públicos de
Investigación o por las universidades públicas, así como de sus posibles líneas de
evolución y de la actividad que prevé desarrollar el candidato en relación con ellas.
Seguidamente, el tribunal debatirá con el aspirante, durante un tiempo máximo de una
hora, acerca de los contenidos científicos y tecnológicos expuestos y de todos aquellos
aspectos que considere relevantes en relación al tema y se valorará su conocimiento del
perfil científico y de las innovaciones y avances científicos y tecnológicos que haya
experimentado, así como su visión de la evolución del área en el futuro y de las líneas de
investigación posibles, según el siguiente baremo:
a) Su conocimiento y visión de la evolución del perfil científico o tecnológico
(máximo 4 puntos).
b) La contribución del aspirante al avance del conocimiento. El grado de
innovación, originalidad y viabilidad de las líneas de investigación a desarrollar
(máximo 6 puntos).
Esta segunda fase tendrá una valoración máxima de 10 puntos. La calificación de los
aspirantes relativa a los méritos contenidos en los diferentes apartados del baremo de
esta segunda fase del concurso se hará mediante deliberación conjunta de los miembros
de los correspondientes tribunales, cada uno de los cuales podrá adjudicar a cada
aspirante de cero a la puntuación máxima señalada en cada apartado. Dichas
calificaciones deberán justificarse individualmente por los miembros de los tribunales
mediante la formulación por escrito de un juicio razonado relativo a la valoración de cada
uno de los méritos antes relacionados. Los mencionados escritos de justificación se
unirán al acta correspondiente.
La puntuación correspondiente en cada apartado será la media de las puntuaciones
asignadas por cada uno de los miembros del tribunal, excluidas la puntuación más alta y
la más baja, y sin que en ningún caso pueda excluirse más de una máxima y de una
mínima.
La puntuación final de cada aspirante en esta segunda fase del concurso vendrá
determinada por la suma de las puntuaciones asignadas en cada uno de los apartados
de este anexo, siendo necesario alcanzar 5 puntos, como mínimo, para superar esta
segunda fase.

cve: BOE-A-2021-17255
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Núm. 254