III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-17263)
Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Ciudad de Melilla, para el desarrollo de programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 23 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128900
vigencia de este convenio, un plan de actuaciones, así como un sistema de resultados e
indicadores.
Para ello la Comisión establecerá en dicho plan un listado de objetivos definidos
dentro de cada plan de actuaciones, unos resultados medibles de la eficacia de las
actuaciones, y unos indicadores contratables y objetivos que determinen el grado de
eficacia de las actuaciones recibidas, en términos de eficacia y eficiencia.
Así mismo, en caso de acuerdo unánime por parte de los firmantes de prorrogar este
convenio según lo establecido en la cláusula Novena, apartado A) Vigencia, la Comisión
de seguimiento, en base a los resultados del año anterior, dictaminará los objetivos a
alcanzar para el año siguiente, pudiendo modificar si fuera necesario las previsiones de
dicho plan.
Cuarta. Compromisos de la Ciudad de Melilla.
La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad de Melilla se
compromete a realizar todas aquellas actuaciones que resulten de la puesta en marcha
de los programas y planes acordados en este convenio, contratando el profesorado
necesario con la cualificación adecuada y el personal no docente que se requiera para
su desarrollo e incluyendo, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria, pequeñas
obras de reformas o mejora de los centros de su competencia.
A estos efectos, el coordinador del convenio remitirá un escrito al Director Provincial
indicando las actividades a realizar en los centros educativos y el horario de las mismas.
En todo caso, quedarán supeditadas al normal desarrollo de la actividad docente y del
funcionamiento del Centro, a su realización fuera del horario lectivo, y a la previa
programación del Centro.
La dirección técnica del servicio será responsabilidad de la Ciudad de Melilla,
debiendo designar un responsable que actuará como interlocutor y que se encargará de
la coordinación del servicio y del control del cumplimiento de la jornada por las personas
que lleven a cabo las actividades incardinadas en el marco del presente convenio.
La prestación de servicios no supondrá en ningún caso la existencia de relación
laboral, funcionarial o de otro tipo entre las personas que lo lleven a cabo y la Dirección
Provincial del Ministerio de Educación y Formación Profesional en Melilla, ni con los
centros docentes, ni con el citado Ministerio.
La contratación de personal habrá de ajustarse a lo establecido en las normas que
rigen las condiciones laborales de los trabajadores que prestan sus servicios en las
unidades dependientes de la Ciudad de Melilla, sin perjuicio de aquellos contratos
administrativos de servicios que pueda llevar a cabo la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad para la realización de las funciones que se le encomiendan,
que también podrán efectuarse, en el caso de que así se prevea, mediante la concesión
de subvención.
Asumirá los gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo de las
actividades educativas y los que se deriven de las necesidades materiales surgidas
durante el proceso de formación.
Realizará un inventario de los recursos materiales amortizables destinados a cada
uno de los programas incluidos en el presente convenio, que será incorporado a la
memoria general.
La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad de Melilla
aportará sus equipos técnicos para el diseño, organización y evaluación de las
actuaciones y utilizará, con carácter general, las instalaciones y equipamientos propios o
de otras Administraciones, para la realización de las mismas.
Con el fin de minimizar la brecha digital entre el alumnado vulnerable de la Ciudad
que no puede tener acceso a formación on-line al no disponer de recursos para ello, la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad colaborará, en la medida de lo
posible, con el Ministerio de Educación y Formación Profesional aportando material
informático/telemático (tabletas, tarjetas sim, memorias USB, etc.) para uso por dicho
alumnado.
cve: BOE-A-2021-17263
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 254
Sábado 23 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128900
vigencia de este convenio, un plan de actuaciones, así como un sistema de resultados e
indicadores.
Para ello la Comisión establecerá en dicho plan un listado de objetivos definidos
dentro de cada plan de actuaciones, unos resultados medibles de la eficacia de las
actuaciones, y unos indicadores contratables y objetivos que determinen el grado de
eficacia de las actuaciones recibidas, en términos de eficacia y eficiencia.
Así mismo, en caso de acuerdo unánime por parte de los firmantes de prorrogar este
convenio según lo establecido en la cláusula Novena, apartado A) Vigencia, la Comisión
de seguimiento, en base a los resultados del año anterior, dictaminará los objetivos a
alcanzar para el año siguiente, pudiendo modificar si fuera necesario las previsiones de
dicho plan.
Cuarta. Compromisos de la Ciudad de Melilla.
La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad de Melilla se
compromete a realizar todas aquellas actuaciones que resulten de la puesta en marcha
de los programas y planes acordados en este convenio, contratando el profesorado
necesario con la cualificación adecuada y el personal no docente que se requiera para
su desarrollo e incluyendo, de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria, pequeñas
obras de reformas o mejora de los centros de su competencia.
A estos efectos, el coordinador del convenio remitirá un escrito al Director Provincial
indicando las actividades a realizar en los centros educativos y el horario de las mismas.
En todo caso, quedarán supeditadas al normal desarrollo de la actividad docente y del
funcionamiento del Centro, a su realización fuera del horario lectivo, y a la previa
programación del Centro.
La dirección técnica del servicio será responsabilidad de la Ciudad de Melilla,
debiendo designar un responsable que actuará como interlocutor y que se encargará de
la coordinación del servicio y del control del cumplimiento de la jornada por las personas
que lleven a cabo las actividades incardinadas en el marco del presente convenio.
La prestación de servicios no supondrá en ningún caso la existencia de relación
laboral, funcionarial o de otro tipo entre las personas que lo lleven a cabo y la Dirección
Provincial del Ministerio de Educación y Formación Profesional en Melilla, ni con los
centros docentes, ni con el citado Ministerio.
La contratación de personal habrá de ajustarse a lo establecido en las normas que
rigen las condiciones laborales de los trabajadores que prestan sus servicios en las
unidades dependientes de la Ciudad de Melilla, sin perjuicio de aquellos contratos
administrativos de servicios que pueda llevar a cabo la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad para la realización de las funciones que se le encomiendan,
que también podrán efectuarse, en el caso de que así se prevea, mediante la concesión
de subvención.
Asumirá los gastos de funcionamiento necesarios para el desarrollo de las
actividades educativas y los que se deriven de las necesidades materiales surgidas
durante el proceso de formación.
Realizará un inventario de los recursos materiales amortizables destinados a cada
uno de los programas incluidos en el presente convenio, que será incorporado a la
memoria general.
La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la Ciudad de Melilla
aportará sus equipos técnicos para el diseño, organización y evaluación de las
actuaciones y utilizará, con carácter general, las instalaciones y equipamientos propios o
de otras Administraciones, para la realización de las mismas.
Con el fin de minimizar la brecha digital entre el alumnado vulnerable de la Ciudad
que no puede tener acceso a formación on-line al no disponer de recursos para ello, la
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad colaborará, en la medida de lo
posible, con el Ministerio de Educación y Formación Profesional aportando material
informático/telemático (tabletas, tarjetas sim, memorias USB, etc.) para uso por dicho
alumnado.
cve: BOE-A-2021-17263
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 254