III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-17223)
Resolución de 20 de octubre de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., para impulsar la investigación pesquera como base para la gestión pesquera sostenible.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Quinta.
Sec. III. Pág. 128680
Efectos, duración, prórroga, modificación y extinción.
El presente Convenio tiene una duración de tres ejercicios presupuestarios. Su
vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023, y podrá ser prorrogado por
acuerdo unánime de las partes, por un periodo de hasta tres años más.
De conformidad con lo previsto en los artículos 48 y siguientes, de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), resultará eficaz una
vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal (REOICO). Asimismo será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Su modificación requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
La prórroga, así como cualquier eventual modificación al Convenio, deberá ser
comunicada al Registro citado, además de cumplir con los restantes trámites preceptivos
contemplados en esta para su firma y eficacia.
A efectos de la extinción y resolución del Convenio, las Partes se regirán por lo
dispuesto en los artículos 51 y 52 de la Ley mencionada.
Sexta. Régimen jurídico.
Este Convenio está incluido en los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Queda sometido a su régimen
jurídico.
Séptima. Titularidad de los resultados, protección de datos de carácter personal y
confidencialidad.
La titularidad de los resultados del Convenio será compartida entre las dos entidades
firmantes.
Ambas partes, en el ejercicio de las funciones previstas en el presente Convenio,
adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Asimismo, las partes firmantes garantizarán, en su caso, la confidencialidad de la
información empleada en el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente
Convenio.
Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente Convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de
Seguimiento del mismo, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa, de
conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada
jurisdicción.
cve: BOE-A-2021-17223
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de su conformidad con cuanto antecede, las partes firman por triplicado
el presente Convenio, en la fecha y lugar señalados en su encabezamiento.–La
Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.–La Presidenta de la Agencia
Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), Rosa Menéndez
López.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Quinta.
Sec. III. Pág. 128680
Efectos, duración, prórroga, modificación y extinción.
El presente Convenio tiene una duración de tres ejercicios presupuestarios. Su
vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2023, y podrá ser prorrogado por
acuerdo unánime de las partes, por un periodo de hasta tres años más.
De conformidad con lo previsto en los artículos 48 y siguientes, de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), resultará eficaz una
vez inscrito, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro
Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público
Estatal (REOICO). Asimismo será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su
formalización en el «Boletín Oficial del Estado».
Su modificación requerirá acuerdo unánime de los firmantes.
La prórroga, así como cualquier eventual modificación al Convenio, deberá ser
comunicada al Registro citado, además de cumplir con los restantes trámites preceptivos
contemplados en esta para su firma y eficacia.
A efectos de la extinción y resolución del Convenio, las Partes se regirán por lo
dispuesto en los artículos 51 y 52 de la Ley mencionada.
Sexta. Régimen jurídico.
Este Convenio está incluido en los definidos en el artículo 47.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Queda sometido a su régimen
jurídico.
Séptima. Titularidad de los resultados, protección de datos de carácter personal y
confidencialidad.
La titularidad de los resultados del Convenio será compartida entre las dos entidades
firmantes.
Ambas partes, en el ejercicio de las funciones previstas en el presente Convenio,
adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Asimismo, las partes firmantes garantizarán, en su caso, la confidencialidad de la
información empleada en el desarrollo de las actuaciones previstas en el presente
Convenio.
Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o
resolución del presente Convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de
Seguimiento del mismo, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa, de
conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada
jurisdicción.
cve: BOE-A-2021-17223
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de su conformidad con cuanto antecede, las partes firman por triplicado
el presente Convenio, en la fecha y lugar señalados en su encabezamiento.–La
Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.–La Presidenta de la Agencia
Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P. (CSIC), Rosa Menéndez
López.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X