III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Aragón. Convenio. (BOE-A-2021-17230)
Resolución de 19 de octubre de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Zaragoza, para la realización de prácticas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128741
De conformidad con lo expuesto, la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., y la
Universidad de Zaragoza acuerdan la celebración del presente Convenio, que habrá de
regirse por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es regular la colaboración entre la Confederación
Hidrográfica del Ebro, O.A., y la Universidad de Zaragoza a través del cual los
estudiantes de la Universidad de Zaragoza, matriculados en enseñanzas oficiales de
Grado o conducentes a la obtención de un título de Máster universitario, puedan
complementar la formación con la realización de prácticas académicas externas, de
Grado, el desarrollo del Trabajo Fin de Grado y Trabajo Fin de Máster, en adelante TFG
y TFM.
De acuerdo con lo recogido en el artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, este Convenio tendrá la consideración de «Convenio de Cooperación
Educativa».
Segunda.
Proyecto formativo objeto de las prácticas a realizar por el estudiante.
El proyecto formativo en que se concrete la realización de cada práctica académica
externa deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Asimismo,
contemplará lo siguiente:
–
–
–
–
Ámbito en el que se desarrollan las prácticas.
Horas de estancia del estudiante.
Competencias que va a desarrollar.
Plan de actividades previsto para el desarrollo de dichas competencias.
El proyecto formativo se determinará de acuerdo con el modelo establecido en el
anexo I de este Convenio.
La selección de los estudiantes que hayan de realizar las prácticas corresponderá a
la Universidad de Zaragoza, por medio del oportuno procedimiento de selección, que
deberá contar con el visto bueno final de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A.
Una vez seleccionado el alumno por parte de la UZ, esta deberá remitir a la
Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., el Proyecto Formativo con identificación del
alumno seleccionado, para la formalización de las prácticas.
Tercera.
Compromisos de las partes.
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con
una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con el tutor académico de la universidad el desarrollo de las
actividades establecidas en este Convenio, incluyendo aquellas modificaciones del plan
formativo que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como
la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo
de la misma y el control de permisos para la realización de exámenes.
e) Cumplimentar un cuestionario de evaluación o emitir el informe final a que se
refiere el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
cve: BOE-A-2021-17230
Verificable en https://www.boe.es
La Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., se compromete a:
Núm. 253
Viernes 22 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128741
De conformidad con lo expuesto, la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., y la
Universidad de Zaragoza acuerdan la celebración del presente Convenio, que habrá de
regirse por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del Convenio.
El objeto del presente Convenio es regular la colaboración entre la Confederación
Hidrográfica del Ebro, O.A., y la Universidad de Zaragoza a través del cual los
estudiantes de la Universidad de Zaragoza, matriculados en enseñanzas oficiales de
Grado o conducentes a la obtención de un título de Máster universitario, puedan
complementar la formación con la realización de prácticas académicas externas, de
Grado, el desarrollo del Trabajo Fin de Grado y Trabajo Fin de Máster, en adelante TFG
y TFM.
De acuerdo con lo recogido en el artículo 7 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio,
por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios, este Convenio tendrá la consideración de «Convenio de Cooperación
Educativa».
Segunda.
Proyecto formativo objeto de las prácticas a realizar por el estudiante.
El proyecto formativo en que se concrete la realización de cada práctica académica
externa deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Asimismo,
contemplará lo siguiente:
–
–
–
–
Ámbito en el que se desarrollan las prácticas.
Horas de estancia del estudiante.
Competencias que va a desarrollar.
Plan de actividades previsto para el desarrollo de dichas competencias.
El proyecto formativo se determinará de acuerdo con el modelo establecido en el
anexo I de este Convenio.
La selección de los estudiantes que hayan de realizar las prácticas corresponderá a
la Universidad de Zaragoza, por medio del oportuno procedimiento de selección, que
deberá contar con el visto bueno final de la Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A.
Una vez seleccionado el alumno por parte de la UZ, esta deberá remitir a la
Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., el Proyecto Formativo con identificación del
alumno seleccionado, para la formalización de las prácticas.
Tercera.
Compromisos de las partes.
a) Acoger al estudiante y organizar la actividad a desarrollar con arreglo a lo
establecido en el Proyecto Formativo.
b) Supervisar sus actividades, orientar y controlar el desarrollo de la práctica con
una relación basada en el respeto mutuo y el compromiso con el aprendizaje.
c) Informar al estudiante de la organización y funcionamiento de la entidad y de la
normativa de interés, especialmente la relativa a la seguridad y riesgos laborales.
d) Coordinar con el tutor académico de la universidad el desarrollo de las
actividades establecidas en este Convenio, incluyendo aquellas modificaciones del plan
formativo que puedan ser necesarias para el normal desarrollo de la práctica, así como
la comunicación y resolución de posibles incidencias que pudieran surgir en el desarrollo
de la misma y el control de permisos para la realización de exámenes.
e) Cumplimentar un cuestionario de evaluación o emitir el informe final a que se
refiere el artículo 13 del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
cve: BOE-A-2021-17230
Verificable en https://www.boe.es
La Confederación Hidrográfica del Ebro, O.A., se compromete a: