III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-17236)
Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Servicio de Desarrollo del Medicamento de la Universidad de Barcelona, para la realización conjunta del proyecto de I+D+i "Nanopartículas como sistema de transporte para la liberación de ácidos nucleicos y biomoléculas".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 253

Viernes 22 de octubre de 2021

Sec. III. Pág. 128785

euros (151.800 euros), la participación del SDM, conforme a los siguientes cuadros
estimativos de aportaciones:
Aportaciones económicas SDM
(Importes en euros)

Objetivo.

Anualidad
Subtotal por tareas
2.º año

1.er año

3.er año

Desarrollo de formulaciones de
nanopartículas

Gastos fungibles (materiales).

12.000

14.000

16.000

42.000

Costes de personal.

23.000

23.000

23.000

69.000

Viajes.

3.200

3.600

4.000

10.800

Otros gastos.

8.000

10.000

12.000

30.000

Subtotal.

46.200

50.600

55.000

151.800

Total.

151.800

Aportaciones económicas CSIC
(Importes en euros)

Objetivo.

Anualidad
Subtotal por tareas
1.er año

2.º año

3.er año

Análisis biológico de las
nanopartículas

Gastos fungibles (materiales).

15.000

15.000

15.000

45.000

2.500

2.500

2.500

7.500

Otros gastos.

10.000

10.000

10.000

30.000

Subtotal.

27.500

27.500

27.500

82.500

Viajes.

Total.

2. Estas valoraciones económicas son
contraprestaciones económicas entre las partes.
Quinta.

82.500

equilibradas

y

no

representan

Confidencialidad de la información y de los resultados.

a) La información recibida sea de dominio público.
b) La parte receptora pueda demostrar que conocía previamente la información
recibida.
c) La parte receptora adquiriese esta información de un tercero sin compromiso de
confidencialidad.
3. Los datos e informes obtenidos durante la realización del Proyecto, así como los
resultados finales, tendrán carácter confidencial. Cuando una de las partes desee utilizar
los resultados parciales o finales, en parte o en su totalidad, para su publicación como
artículo, conferencia, etc. deberá solicitar la conformidad de la otra parte por escrito,

cve: BOE-A-2021-17236
Verificable en https://www.boe.es

1. Las partes se comprometen a mantenerse recíprocamente informadas, tanto de
los avances científico-técnicos alcanzados, como de cualquier otro resultado que sea
relevante para la consecución del buen fin del Proyecto.
2. Asimismo, cada una de las partes se compromete a no difundir, bajo ningún
aspecto, las informaciones científicas, técnicas o comerciales pertenecientes a la otra
parte a las que hayan podido tener acceso en el desarrollo de las actuaciones realizadas
al amparo del presente Convenio, incluido todo el personal participante en los trabajos
objeto del mismo, salvo que: