III. Otras disposiciones. BANCO DE ESPAÑA. Entidades participantes en TARGET2. (BOE-A-2021-17165)
Resolución de 13 de octubre de 2021, de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de modificación de las cláusulas generales relativas a las condiciones uniformes para la apertura y el funcionamiento de una cuenta del módulo de pagos, de una cuenta dedicada de efectivo de T2S y de una cuenta dedicada de efectivo de TIPS en TARGET2-Banco de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128465
(b) es designada como entidad accesible por el titular de una cuenta
dedicada de efectivo de TIPS o por un SV,
(c) es un corresponsal, cliente o sucursal de un titular de cuenta dedicada de
efectivo de TIPS o un participante de un SV o un corresponsal, cliente o sucursal
de un participante de un SV, y
(d) es accesible a través de la plataforma de TIPS y puede cursar y recibir
órdenes de pago inmediato a través del titular de la cuenta dedicada de efectivo
de TIPS o del SV, o directamente, si así lo autoriza el titular de la cuenta dedicada
de efectivo de TIPS o el SV;»
(c) Se introduce, a continuación de la definición del término «especificaciones
técnicas del procesamiento de órdenes de pago», una definición para el término
«Esquema de transferencia SEPA inmediata del Consejo Europeo de Pagos» o
«Esquema de transferencia SEPA inmediata», que tendrá la siguiente redacción:
«– “Esquema de transferencia SEPA inmediata del Consejo Europeo de
Pagos” o “Esquema de transferencia SEPA inmediata”, un esquema automatizado
y de estándares abiertos que establece un conjunto de normas interbancarias que
deben cumplir los participantes en él, que permite a los proveedores de servicios
de pago en el área SEPA ofrecer un producto automatizado de transferencia
inmediata en euros en toda el área SEPA;»
(d) Se modifica la redacción del párrafo (a) de la definición de «grupo», que pasará
a tener la siguiente redacción:
«(a) un conjunto de entidades de crédito incluidas en los estados financieros
consolidados de una sociedad matriz, donde la sociedad matriz está obligada a
presentar estados financieros consolidados con arreglo a la Norma Internacional
Contable 27 (NIC 27), adoptada en virtud del Reglamento (CE) n.º 1126/2008 de la
Comisión, de 3 de noviembre de 2008, por el que se adoptan determinadas
normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE)
n.º 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, y consistente en:
(i) una sociedad matriz y una o varias filiales, o
(ii) dos o más filiales de una sociedad matriz;»
(e) Se modifica la definición del término «orden de pago inmediato», que pasará a
tener la siguiente redacción:
«– “orden de pago inmediato”, conforme al Esquema de transferencia SEPA
inmediata del Consejo Europeo de Pagos, la instrucción de pago que puede
ejecutarse las 24 horas del día, cualquier día natural del año, con procesamiento y
notificación al pagador inmediato o casi inmediato, y abarca:
(i) las órdenes de pago inmediato de una cuenta dedicada de efectivo de
TIPS a otra cuenta dedicada de efectivo de TIPS,
(ii) las órdenes de pago inmediato de una cuenta dedicada de efectivo de
TIPS a una cuenta técnica del SV de TIPS,
(iii) las órdenes de pago inmediato de una cuenta técnica del SV de TIPS a
una cuenta dedicada de efectivo de TIPS, y
(iv) las órdenes de pago inmediato de una cuenta técnica del SV de TIPS a
otra cuenta técnica del SV de TIPS;»
(f) Se introducen, a continuación de la definición del término «orden de traspaso de
liquidez de la cuenta dedicada de efectivo de TIPS al módulo de pagos», sendas
definiciones para los términos «orden de traspaso de liquidez de la cuenta dedicada de
efectivo de TIPS a una cuenta técnica del SV de TIPS» y «orden de traspaso de liquidez
cve: BOE-A-2021-17165
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 252
Jueves 21 de octubre de 2021
Sec. III. Pág. 128465
(b) es designada como entidad accesible por el titular de una cuenta
dedicada de efectivo de TIPS o por un SV,
(c) es un corresponsal, cliente o sucursal de un titular de cuenta dedicada de
efectivo de TIPS o un participante de un SV o un corresponsal, cliente o sucursal
de un participante de un SV, y
(d) es accesible a través de la plataforma de TIPS y puede cursar y recibir
órdenes de pago inmediato a través del titular de la cuenta dedicada de efectivo
de TIPS o del SV, o directamente, si así lo autoriza el titular de la cuenta dedicada
de efectivo de TIPS o el SV;»
(c) Se introduce, a continuación de la definición del término «especificaciones
técnicas del procesamiento de órdenes de pago», una definición para el término
«Esquema de transferencia SEPA inmediata del Consejo Europeo de Pagos» o
«Esquema de transferencia SEPA inmediata», que tendrá la siguiente redacción:
«– “Esquema de transferencia SEPA inmediata del Consejo Europeo de
Pagos” o “Esquema de transferencia SEPA inmediata”, un esquema automatizado
y de estándares abiertos que establece un conjunto de normas interbancarias que
deben cumplir los participantes en él, que permite a los proveedores de servicios
de pago en el área SEPA ofrecer un producto automatizado de transferencia
inmediata en euros en toda el área SEPA;»
(d) Se modifica la redacción del párrafo (a) de la definición de «grupo», que pasará
a tener la siguiente redacción:
«(a) un conjunto de entidades de crédito incluidas en los estados financieros
consolidados de una sociedad matriz, donde la sociedad matriz está obligada a
presentar estados financieros consolidados con arreglo a la Norma Internacional
Contable 27 (NIC 27), adoptada en virtud del Reglamento (CE) n.º 1126/2008 de la
Comisión, de 3 de noviembre de 2008, por el que se adoptan determinadas
normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE)
n.º 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, y consistente en:
(i) una sociedad matriz y una o varias filiales, o
(ii) dos o más filiales de una sociedad matriz;»
(e) Se modifica la definición del término «orden de pago inmediato», que pasará a
tener la siguiente redacción:
«– “orden de pago inmediato”, conforme al Esquema de transferencia SEPA
inmediata del Consejo Europeo de Pagos, la instrucción de pago que puede
ejecutarse las 24 horas del día, cualquier día natural del año, con procesamiento y
notificación al pagador inmediato o casi inmediato, y abarca:
(i) las órdenes de pago inmediato de una cuenta dedicada de efectivo de
TIPS a otra cuenta dedicada de efectivo de TIPS,
(ii) las órdenes de pago inmediato de una cuenta dedicada de efectivo de
TIPS a una cuenta técnica del SV de TIPS,
(iii) las órdenes de pago inmediato de una cuenta técnica del SV de TIPS a
una cuenta dedicada de efectivo de TIPS, y
(iv) las órdenes de pago inmediato de una cuenta técnica del SV de TIPS a
otra cuenta técnica del SV de TIPS;»
(f) Se introducen, a continuación de la definición del término «orden de traspaso de
liquidez de la cuenta dedicada de efectivo de TIPS al módulo de pagos», sendas
definiciones para los términos «orden de traspaso de liquidez de la cuenta dedicada de
efectivo de TIPS a una cuenta técnica del SV de TIPS» y «orden de traspaso de liquidez
cve: BOE-A-2021-17165
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Núm. 252