II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2020-13746)
Resolución de 9 de octubre de 2020, de la Universidad de Burgos, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 6 de noviembre de 2020

Sec. II.B. Pág. 96930

La primera parte de la prueba será eliminatoria, por lo que solo podrán presentarse a
la parte segunda aquellos candidatos a los que al menos tres miembros de la Comisión les
hayan asignado una puntuación superior a la mínima acordada en el acto de presentación.
En la primera parte, el candidato realizará una exposición oral de sus méritos de historial
académico y profesional, así como de su adecuación a los criterios establecidos en la
convocatoria durante un tiempo no superior a cuarenta y cinco minutos. Posteriormente
debatirá con la comisión durante un tiempo no superior a una hora y cuarto.
La segunda parte consistirá en la exposición oral, durante un tiempo no superior a 45
minutos, de un proyecto original de investigación a desarrollar en la Universidad de Burgos
y adecuado a las necesidades investigadoras de la misma, de acuerdo a lo establecido en
las bases de la convocatoria. Seguidamente, la comisión debatirá con el candidato sobre
todos los aspectos que considere relevantes en relación con este proyecto de investigación
durante un tiempo no superior a 75 minutos.
10.2 La Comisión de Selección dispondrá de un plazo máximo de diez días naturales
contados a partir del inicio de la prueba para completar el proceso selectivo.
11.

Propuesta de provisión de plaza por parte de la Comisión del concurso de acceso

Concluidas las actuaciones de la Comisión, el Secretario, en el plazo máximo de siete
días naturales, entregará, a través del Registro General toda la documentación relativa al
concurso, establecida en el artículo 18 del Reglamento para el Acceso de Cuerpos de
Funcionarios Docentes Universitarios en la Universidad de Burgos.
En previsión de los casos de renuncia o de cualquier otra causa que impida el
nombramiento del candidato propuesto, la Comisión establecerá un orden de prelación de
los concursantes en función de la puntuación que hayan obtenido. La Comisión publicará
la prelación de candidatos y la propuesta de adjudicación de la plaza en el tablón de
anuncios del Centro al que se adscriba la plaza y los enviará al vicerrector competente en
materia de profesorado, que los publicará en el Tablón electrónico oficial y en la web de la
Universidad.
Los concursos podrán resolverse con la no adjudicación de la plaza cuando ningún
concursante supere la puntuación mínima exigida en la primera fase de la prueba. No se
podrá declarar desierta la plaza cuando al menos tres miembros de la Comisión le asignen
una puntuación superior a la mínima exigida a algún candidato.
El Rector ejecutará en sus propios términos la propuesta de adjudicación de la plaza
adoptada por la Comisión de Selección, para lo cual dictará las resoluciones oportunas
que permitan el nombramiento del concursante seleccionado.
El tiempo transcurrido entre la publicación de la convocatoria y la resolución del
concurso, no podrá exceder de cuatro meses y quince días naturales. Para el cómputo de
plazos será inhábil a todos los efectos el mes de agosto.
12.

Reclamación contra la propuesta de provisión

Los concursantes podrán presentar reclamación contra la propuesta de provisión de
acuerdo con los plazos y procedimiento establecido en el artículo 19 del Reglamento para el
Acceso de Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios en la Universidad de Burgos.
Nombramiento y toma de posesión

13.1 En el plazo de veinte días hábiles siguientes al de publicación de la propuesta
de adjudicación en el Tablón electrónico oficial de la Universidad de Burgos, el aspirante
propuesto deberá presentar en el Registro General de esta Universidad o por cualesquier
de los demás procedimientos señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada de DNI o documento equivalente, en el caso de
nacionalidad distinta a la española.

cve: BOE-A-2020-13746
Verificable en https://www.boe.es

13.