II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-13749)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos y de Gestión.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 6 de noviembre de 2020

Sec. II.B. Pág. 96965

a) Cuando, por causa imputable a la Universidad, no se hubieran prestado o se
hubieran prestado de forma notoriamente deficiente los servicios y actuaciones
administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los
correspondientes procesos selectivos.
b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto
en esta convocatoria.
c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o
sentencia judicial firmes.
3.8 Deberán adjuntarse a la solicitud, en formato pdf, los siguientes documentos,
siendo motivo de exclusión la falta de los tres primeros:
a) Declaración responsable debidamente cumplimentada (Anexo II). La incorrecta
cumplimentación de la declaración responsable dará lugar a la exclusión provisional del
aspirante, pudiendo ser objeto de subsanación.
b) Las personas que hayan hecho constar en su solicitud una discapacidad,
documento acreditativo del grado reconocido, expedido por el organismo competente
según el Real Decreto 1414/2006, de 1 de diciembre, del Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales.
c) Acreditación, en su caso, de la situación que da derecho a exención de tasas.
d) Certificado de los servicios prestados en otras administraciones (Anexo I del
Real Decreto 1461/1982) que no estén reconocidos por la Universidad de Zaragoza, a
los efectos de ser valorados en la fase de concurso.
3.9 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado, conforme a lo dispuesto en el
artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
3.10 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus
solicitudes y serán responsables de su veracidad.
4.

Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de solicitudes se dictará resolución en el
plazo máximo de un mes, que se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón», por la que
se apruebe la relación provisional de candidatos admitidos y, en su caso, excluidos,
indicando las causas de exclusión.
Para evitar errores y hacer posible la subsanación en tiempo y forma, los aspirantes
comprobarán no sólo que no figuran en la relación de excluidos sino, además, que
constan en la relación de admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados
a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto
que haya motivado la exclusión.
Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o
no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos,
serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
4.3 Transcurrido el plazo de subsanación, se dictará resolución que declare
aprobada la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el
«Boletín Oficial de Aragón».
La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de los aspirantes que
superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión
exigidos en la convocatoria.

cve: BOE-A-2020-13749
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Núm. 293