III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2020-13783)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se publica la segunda adenda al Convenio con Industria de Turbo Propulsores, SA, relativo a la financiación de proyectos de investigación y desarrollo dentro del Plan Tecnológico Aeronáutico II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 6 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 97418

EXPONEN
Primero.
Que el acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 1999 autorizó al
extinto Ministerio de Industria y Energía (MINER) a suscribir con la empresa ITP un
convenio de colaboración para la financiación de proyectos de investigación y desarrollo
dentro del denominado Plan Tecnológico Aeronáutico II. Este convenio fue suscrito el
día 30 de diciembre de 1999.
Segundo.
Que, en virtud del Convenio de 30 de diciembre de 1999, el extinto Ministerio de
Industria y Energía y posteriormente el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología (MCyT)
libraron a la empresa ITP en el periodo 1999-2003 anticipos reembolsables sin intereses
por importe de 6.519 millones de pesetas (39.179.979,08 euros).
Tercero.
Que con fecha 17 de septiembre de 2009 se suscribe una primera Adenda al
Convenio, de 30 de diciembre de 1999, que modifica el calendario de devolución al
Tesoro Público de los anticipos librados por los extintos MINER y MCyT a la empresa ITP
recogido en la cláusula SÉPTIMA del Convenio.
Cuarto.
Que, a la fecha actual, la empresa ITP ha efectuado anualmente los
correspondientes reembolsos al Tesoro Público según el calendario y Plan de
devoluciones establecido en la Cláusula Tercera de la primera adenda, de 17 de
septiembre de 2009. La cantidad reembolsada asciende a 20.854.814,40 euros,
quedando pendiente de reembolsar un total de 18.325.164,68 euros.
Quinto.
Que la empresa ITP ha solicitado al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo la
modificación del vigente calendario de reembolsos al Tesoro Público, del préstamo que
en su día le fue librado para la financiación de proyectos de investigación y desarrollo
dentro del denominado Plan Tecnológico Aeronáutico II, para poder superar la situación
económico-financiera derivada de la pandemia provocada por el virus COVID-19.

Que el sector aeronáutico es uno de los sectores industriales que más se están
viendo afectados por la crisis sanitaria derivada del coronavirus COVID-19. Las
limitaciones en los vuelos tanto nacionales como internacionales han llevado a que las
aerolíneas tengan la práctica totalidad de su flota en tierra y, a su vez, ha provocado que
muchas de ellas estén atravesando una situación financiera difícil, que está conduciendo
a la solicitud de aplazamientos e incluso cancelaciones en las ordenes de entrega de
nuevos aviones, afectando de esta manera la crisis, a toda la cadena de valor del sector
aeronáutico.
Séptimo.
Que al haber finalizado el Plan Tecnológico Aeronáutico II, en diciembre de 2003, la
Comisión de Seguimiento y Control de dicho Plan, a la que de acuerdo con el punto
décimo.5 de la Orden de 29 de julio de 1999, por la que se establecen las bases
reguladoras, le correspondería estudiar la solicitud planteada por ITP, y en su caso
proponer al órgano competente la modificación del Convenio, se extinguió de hecho en

cve: BOE-A-2020-13783
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Sexto.