IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE LO MERCANTIL. (BOE-B-2020-39553)
PAMPLONA
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293
Viernes 6 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52548
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
39553
PAMPLONA
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Pamplona/lruña, anuncia:
Que en el procedimiento concursal numero 0000227/2020 referente al
concursado Alaizgo Sociedad Limitada con Código Identificación Fiscal numero
B31740160 y domicilio social en Tiebas-Muruarte de Reta-Campanas, carretera
Pamplona, 21, por auto de fecha 18 de septiembre de 2020 se ha acordado lo
siguiente:
Parte dispositiva
Acuerdo:
1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso.
2.- Fórmese la sección 5ª de este procedimiento concursal, que comprenderá
lo relativo a la liquidación y se encabezara con testimonio de esta resolución y por
la solicitud de liquidación, cuyo original se unirá a la sección 1ª
3.- Queda en suspenso durante la fase de liquidación el ejercicio por el
concursado de las facultades de administración y disposición sobre la masa activa,
con todos los efectos establecidos para ella en el Titulo III del Libro I del Texto
Refundido de la Ley Concursal (Artículo 413.1 Texto Refundido de la Ley
Concursal).
4.- Declarar la disolución de la entidad Alaizgo Sociedad Limitada y el cese de
los administradores sociales, que serán sustituidos a todos los efectos por la
Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de
la concursada en el procedimiento concursal y en los incidentes en los que sea
parte (Artículo 413.3 Texto Refundido de la Ley Concursal ).
5.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en
dinero de los que consistan en otras prestaciones (Artículo 414 Texto Refundido de
la Ley Concursal).
7.- Expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra, compresivo de lo
datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se
proceda a la inscripción de lo acordado, de conformidad con lo establecido en los
artículos 36, 556 y 557 Texto Refundido de la Ley Concursal.
8.- Que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta
resolución, la Administración Concursal presentara un plan para la realización de
los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo
dispuesto en los artículos (Artículo 416 Texto Refundido de la Ley Concursal).
Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días ante
cve: BOE-B-2020-39553
Verificable en https://www.boe.es
6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijaran en
el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial y se publicaran en el Registro Publico
Concursal y en el «Boletín Oficial del Estado», de forma gratuita (artículos 35 y 410
Texto Refundido de la Ley Concursal).
Núm. 293
Viernes 6 de noviembre de 2020
Sec. IV. Pág. 52548
IV. Administración de Justicia
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
39553
PAMPLONA
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Pamplona/lruña, anuncia:
Que en el procedimiento concursal numero 0000227/2020 referente al
concursado Alaizgo Sociedad Limitada con Código Identificación Fiscal numero
B31740160 y domicilio social en Tiebas-Muruarte de Reta-Campanas, carretera
Pamplona, 21, por auto de fecha 18 de septiembre de 2020 se ha acordado lo
siguiente:
Parte dispositiva
Acuerdo:
1.- Abrir la fase de liquidación del presente concurso.
2.- Fórmese la sección 5ª de este procedimiento concursal, que comprenderá
lo relativo a la liquidación y se encabezara con testimonio de esta resolución y por
la solicitud de liquidación, cuyo original se unirá a la sección 1ª
3.- Queda en suspenso durante la fase de liquidación el ejercicio por el
concursado de las facultades de administración y disposición sobre la masa activa,
con todos los efectos establecidos para ella en el Titulo III del Libro I del Texto
Refundido de la Ley Concursal (Artículo 413.1 Texto Refundido de la Ley
Concursal).
4.- Declarar la disolución de la entidad Alaizgo Sociedad Limitada y el cese de
los administradores sociales, que serán sustituidos a todos los efectos por la
Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de
la concursada en el procedimiento concursal y en los incidentes en los que sea
parte (Artículo 413.3 Texto Refundido de la Ley Concursal ).
5.- Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en
dinero de los que consistan en otras prestaciones (Artículo 414 Texto Refundido de
la Ley Concursal).
7.- Expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra, compresivo de lo
datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se
proceda a la inscripción de lo acordado, de conformidad con lo establecido en los
artículos 36, 556 y 557 Texto Refundido de la Ley Concursal.
8.- Que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta
resolución, la Administración Concursal presentara un plan para la realización de
los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo
dispuesto en los artículos (Artículo 416 Texto Refundido de la Ley Concursal).
Modo de impugnación: Recurso de reposición en el plazo de cinco días ante
cve: BOE-B-2020-39553
Verificable en https://www.boe.es
6.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijaran en
el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial y se publicaran en el Registro Publico
Concursal y en el «Boletín Oficial del Estado», de forma gratuita (artículos 35 y 410
Texto Refundido de la Ley Concursal).