III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2020-13669)
Resolución de 26 de octubre de 2020, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Fundación Telefónica, para la publicación de un curso abierto y gratuito en línea sobre el cubismo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Segunda.
Sec. III. Pág. 96764
Compromisos de las partes.
Para la consecución del objeto del presente Convenio, Fundación Telefónica se
compromete a:
– Asumir tanto el coste de la publicación, tutorización y dinamización del Curso en la
plataforma digital «Miríadax» como el plan de marketing y de difusión a tal fin. El
presupuesto estimado para el desarrollo de estas actividades es de cinco mil euros
(5.000 €).
– Coordinar y supervisar el adecuado desarrollo del Curso en la plataforma educativa
«Miríadax.
– Asumir el coste requerido para la obtención de las licencias y/o cesiones de los
derechos de propiedad intelectual necesarios para el desarrollo de los contenidos del
Curso. El límite presupuestario establecido para este fin es de diez mil euros (10.000 €).
– Facilitar al MNCARS toda la información que éste requiera en cuanto al avance del
desarrollo de esta edición del Curso.
Al término de la vigencia del presente Convenio, Fundación Telefónica informará por
escrito al MNCARS del importe total de los gastos en que haya incurrido en la ejecución
del mismo, al objeto de facilitar el correspondiente seguimiento del cumplimiento de su
objeto.
Por su parte, el MNCARS se compromete a:
– Dirigir, de forma coordinada con Fundación Telefónica, la publicación y dinamización
del Curso.
– Conocer y observar los Principios de Actuación de Fundación Telefónica, que
inspiran y definen la manera en la que ésta desarrolla su actividad y que pueden ser
consultados a través del siguiente enlace: https://www.fundaciontelefonica.com/conocenos/
gobierno/principios-de-actuacion/.
De forma conjunta, las Partes se comprometen a:
– Gestionar el alojamiento y puesta a disposición de los materiales integrantes del
Curso en la plataforma educativa digital Miríadax, suscribiendo a tal fin aquellos acuerdos
que sean necesarios con su propietaria.
– Difundir el Curso objeto del presente Convenio a través de sus acciones y canales
de comunicación habituales.
Las obligaciones adquiridas por el MNCARS en virtud de la presente Cláusula no
conllevan la ejecución de aportaciones presupuestarias por parte del organismo.
Tercera.
Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.
– Acordar la concreción de las actividades a llevar a término en cumplimiento de este
Convenio, dicha concreción se realizará siempre en el marco de los compromisos
asumidos por las partes en las cláusulas primera y segunda de presente convenio.
– Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a la difusión.
– Evaluar el resultado de la colaboración, así como del impacto y beneficiarios de la
misma.
Y en general, todas aquellas que se desprenden del presente Convenio y/o que las
Partes estimen convenientes.
cve: BOE-A-2020-13669
Verificable en https://www.boe.es
Para el seguimiento del efectivo cumplimiento del presente Convenio se constituirá
una Comisión paritaria mixta, integrada por representantes de cada una de las Partes
firmantes, que establecerá de común acuerdo las normas relativas a su funcionamiento. A
esta Comisión le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes:
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Segunda.
Sec. III. Pág. 96764
Compromisos de las partes.
Para la consecución del objeto del presente Convenio, Fundación Telefónica se
compromete a:
– Asumir tanto el coste de la publicación, tutorización y dinamización del Curso en la
plataforma digital «Miríadax» como el plan de marketing y de difusión a tal fin. El
presupuesto estimado para el desarrollo de estas actividades es de cinco mil euros
(5.000 €).
– Coordinar y supervisar el adecuado desarrollo del Curso en la plataforma educativa
«Miríadax.
– Asumir el coste requerido para la obtención de las licencias y/o cesiones de los
derechos de propiedad intelectual necesarios para el desarrollo de los contenidos del
Curso. El límite presupuestario establecido para este fin es de diez mil euros (10.000 €).
– Facilitar al MNCARS toda la información que éste requiera en cuanto al avance del
desarrollo de esta edición del Curso.
Al término de la vigencia del presente Convenio, Fundación Telefónica informará por
escrito al MNCARS del importe total de los gastos en que haya incurrido en la ejecución
del mismo, al objeto de facilitar el correspondiente seguimiento del cumplimiento de su
objeto.
Por su parte, el MNCARS se compromete a:
– Dirigir, de forma coordinada con Fundación Telefónica, la publicación y dinamización
del Curso.
– Conocer y observar los Principios de Actuación de Fundación Telefónica, que
inspiran y definen la manera en la que ésta desarrolla su actividad y que pueden ser
consultados a través del siguiente enlace: https://www.fundaciontelefonica.com/conocenos/
gobierno/principios-de-actuacion/.
De forma conjunta, las Partes se comprometen a:
– Gestionar el alojamiento y puesta a disposición de los materiales integrantes del
Curso en la plataforma educativa digital Miríadax, suscribiendo a tal fin aquellos acuerdos
que sean necesarios con su propietaria.
– Difundir el Curso objeto del presente Convenio a través de sus acciones y canales
de comunicación habituales.
Las obligaciones adquiridas por el MNCARS en virtud de la presente Cláusula no
conllevan la ejecución de aportaciones presupuestarias por parte del organismo.
Tercera.
Comisión mixta de vigilancia y seguimiento.
– Acordar la concreción de las actividades a llevar a término en cumplimiento de este
Convenio, dicha concreción se realizará siempre en el marco de los compromisos
asumidos por las partes en las cláusulas primera y segunda de presente convenio.
– Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a la difusión.
– Evaluar el resultado de la colaboración, así como del impacto y beneficiarios de la
misma.
Y en general, todas aquellas que se desprenden del presente Convenio y/o que las
Partes estimen convenientes.
cve: BOE-A-2020-13669
Verificable en https://www.boe.es
Para el seguimiento del efectivo cumplimiento del presente Convenio se constituirá
una Comisión paritaria mixta, integrada por representantes de cada una de las Partes
firmantes, que establecerá de común acuerdo las normas relativas a su funcionamiento. A
esta Comisión le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes: