III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2020-13666)
Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Dehesa Solar Sur, SL, autorización administrativa de construcción para la instalación fotovoltaica Oriol, las líneas subterráneas a 30kV, la subestación eléctrica 30/220 kV y la línea aérea a 220 kV para evacuación de energía eléctrica, en los términos municipales de Ceclavín y Alcántara (Cáceres) y se declara, en concreto, su utilidad pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de noviembre de 2020

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servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con lo dispuesto en
la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 20 de marzo de 2019 en
el «Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres» y el 23 de marzo de 2019 en el «Boletín
Oficial del Estado», no habiéndose recibido alegaciones.
Se han recibido contestaciones de la Dirección General de Salud Pública de la Junta
de Extremadura, del Ayuntamiento de Ceclavín, de la Dirección General de Agricultura y
Ganadería de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de
la Junta de Extremadura, de la Dirección General de Transportes de la Consejería de
Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, de la
Diputación Provincial de Badajoz, del Área de Agricultura de la Subdelegación del
Gobierno en Cáceres, de Endesa Distribución Eléctrica S.L.U., de la Demarcación de
Carreteras del Estado y de Iberdrola Distribución Eléctrica S.A.U., en las que no se
muestra oposición a la autorización de la instalación. Se ha dado traslado a Dehesa
Solar de dichas contestaciones, expresando su conformidad con las mismas.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Bibliotecas, Museos y
Patrimonio Cultural de la Junta de Extremadura, indicando que tras la prospección se
han localizado materiales arqueológicos en superficie, estableciendo que el control y
seguimiento arqueológico será obligatorio durante la fase de ejecución por parte de
técnicos cualificados, ajustándose a la normativa autonómica. Se ha dado traslado a
Dehesa Solar de dicha contestación, mostrando su conformidad e indicando que dará
cumplimiento a las consideraciones planteadas por el organismo.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Infraestructuras de la Junta
de Extremadura, indicando que existe un cruzamiento aéreo de la línea de evacuación
de la instalación fotovoltaica con la carretera EX372, estando correctamente definido y
cumpliendo con las distancias reglamentarias según el Reglamento General de
Carreteras del Estado. Dicho cruzamiento precisa de autorización, por lo que una vez
adjudicadas las obras deberán solicitarse las correspondientes autorizaciones. Se ha
dado traslado a Dehesa Solar de dicha contestación, mostrando su conformidad
comprometiéndose a solicitar la correspondiente autorización.
Se ha recibido contestación de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de
la Consejería de Economía e Infraestructuras de la Junta de Extremadura, indicando que
la planta fotovoltaica no afecta a derechos mineros ni yacimientos minerales. Sin
embargo, la línea de evacuación de la instalación fotovoltaica intersecta con la
explotación minera denominada Las Moriscas, cuyo titular es Cantera Gran Dorado, S.L.
Dicho organismo informa favorablemente a las autorizaciones solicitadas, condicionado a
la modificación de la trayectoria de la línea de evacuación para no afectar a la citada
explotación. Se ha dado traslado a Dehesa Solar de dicha contestación, mostrando su
voluntad de acuerdo y modificación del trazado de la línea para un desarrollo compatible
de ambas actividades. Asimismo, indica que ha contactado con la entidad propietaria de
dicha cantera, sin poder consensuar modificación del trazado. Se ha dado traslado al
organismo, indicando nuevamente la necesidad de acuerdo entre Dehesa Solar y la
empresa Cantera Gran Dorado, S.L. para modificar el trazado de dicha línea de
evacuación y que éste sea compatible para ambas actividades.
Se ha dado traslado a Dehesa Solar de dicha contestación, presentando
modificación del trazado de la línea de evacuación. Posteriormente, mediante escrito
recibido en el Registro de este Ministerio con fecha 8 de abril de 2020, Dehesa Solar
manifestó que no ha sido posible llegar a un acuerdo con Cantera Gran Dorado, S.L.,
titular de dicha explotación minera, para poder ejecutar el trazado alternativo de la línea
de evacuación, poniendo asimismo de manifiesto que se comprometen a modificar el
trazado de la referida línea, sin afectar a la explotación minera Las Moriscas.
Se ha recibido contestación de Red Eléctrica de España, S.A.U., indicando que no
presentan objeción al proyecto de la instalación fotovoltaica Oriol, siempre y cuando se

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Núm. 292