II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-13646)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Universidad de Zaragoza, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, mediante el sistema de promoción interna, en la Escala de Técnicos Superiores de Informática.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 5 de noviembre de 2020

Sec. II.B. Pág. 96564

12.4 Los datos de carácter personal se tratarán y conservarán por la Universidad por
el tiempo que sea necesario conforme a la legislación expresada incluyendo, en su caso,
la Resolución de reclamaciones y recursos.
12.5 Se prevé la comunicación de datos mediante la publicación de listas y resultados
conforme a lo establecido en las bases de esta convocatoria.
12.6 La Universidad de Zaragoza cuenta con una página de Protección de Datos en
la que incluye legislación, información y modelos en relación con la Protección de Datos
Personales a la que puede acceder desde el siguiente enlace: https://protecciondatos.
unizar.es/.
13.

Acceso a expediente

Quienes accedan al expediente y consulten datos de otros aspirantes están sometidos
al deber de confidencialidad, por lo que deberán guardar la oportuna reserva. Sólo podrán
hacer uso de tales datos a los efectos de argumentar o plantear tanto una posible
reclamación como las alegaciones a que hubiere lugar, en su caso.
Cualquier divulgación de datos fuera de estos casos podrá implicar la exigencia de
responsabilidades conforme a la legislación vigente.
14.

Disposiciones finales

14.1 Para lo no previsto en esta convocatoria será de aplicación lo dispuesto en la
Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 30/1984, de 2 de
agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; el Texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios
Civiles de la Administración General del Estado; el Real Decreto 2271/2004, de 3 de
diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de
trabajo de personas con discapacidad; el Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de
la Diputación General de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón; el
Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del
Instituto Aragonés de la Administración Pública y de la selección, formación y
perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 80/1997,
de 10 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión
de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios
de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; los Estatutos de la Universidad
de Zaragoza y el Pacto del personal funcionario de administración y servicios de la
Universidad de Zaragoza, publicado por Resolución de 28 de julio de 2000 (BOA nº 95,
de 9 de agosto).
14.2 Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad
con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» ante
la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón o ante
el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, según lo dispuesto en los artículo 10.1 y 8.2
respectivamente de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa, según corresponda.
Alternativamente se podrá interponer, contra esta Resolución, recurso de reposición
ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la
publicación de la presente, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contenciosoadministrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto; de conformidad

cve: BOE-A-2020-13646
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Núm. 292