III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-13674)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Asociación Instituto de Investigación Sanitaria Biocruces Bizkaia (Biocruces Bizkaia), la Fundación del Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración, el Hospital Virtual Valdecilla, SL, la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz y Domotek Ingeniería Prototipado y Formación, SL, para la realización conjunta del proyecto de I+D+i "Desarrollo y fabricación de hisopos por impresión 3D para la elaboración de kits de extracción de muestras COVID19: validación hospitalaria de su uso".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96785
Por lo anteriormente expuesto, los intervinientes acuerdan la suscripción del presente
Convenio para la realización conjunta de un proyecto de investigación, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración científico-técnica entre
el CSIC, a través del ICTP, Biocruces Bizkaia, FUHNPAIIN, HVV, FIBHULP y Domotek,
en la realización conjunta del Proyecto de I+D+i «Desarrollo y fabricación de hisopos por
impresión 3D para la elaboración de kits de extracción de muestras COVID19: validación
hospitalaria de su uso» (en adelante, «HISOPOC» o «el Proyecto»), consistente en las
investigaciones necesarias para desarrollar un kit de extracción de muestra COVID
mediante torundas fabricadas por impresión 3D, en los términos establecidos por las
partes en el Plan de Trabajo que éstas acuerden y al que se hace referencia en la
cláusula segunda.
En particular, el Convenio regula los compromisos de las partes para la ejecución
conjunta del Proyecto, incluyendo la organización del trabajo, la gestión y justificación del
Proyecto, los derechos y obligaciones de las partes, la distribución de los fondos y la
titularidad de los resultados, así como la responsabilidad y la resolución de los posibles
conflictos.
El Proyecto cuenta con la financiación indicada en el expositivo séptimo por lo que,
en su ejecución, justificación y difusión, las partes deberán cumplir con lo establecido en
las bases reguladoras, convocatoria y/o concesión de la ayuda.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
Ejecutar el Proyecto conforme a lo que establezca la resolución de concesión,
ejerciendo el CSIC de entidad beneficiaria de la ayuda y coordinadora del Proyecto,
asumiendo las obligaciones de coordinación y seguimiento del resto de entidades
participantes, así como su representación ante el agente financiador a efectos de cobro y
distribución de la ayuda, su justificación y/o reintegro, en función de lo que establezca la
resolución de concesión de la ayuda y el presente Convenio.
Desarrollar las tareas previstas en el Plan de Trabajo de acuerdo con la metodología,
el cronograma y los plazos que en el mismo se detallen.
Entregar al resto de entidades participantes cuanta información sea necesaria para el
correcto desarrollo de las diferentes actividades de I+D+i.
Comunicar con celeridad al resto de participantes, sirviéndose si fuese preciso del
mecanismo de seguimiento, cualquier información importante, hecho, problema o retraso
que pueda afectar adversamente al Proyecto. Asimismo, las partes proporcionarán sin
demora toda la información que el mecanismo de seguimiento requiera razonablemente
para llevar a cabo sus tareas.
Facilitar los medios y las infraestructuras necesarias (tales como las impresoras 3D y
el material requerido para la impresión de las torundas) para la realización de los
trabajos según la planificación prevista.
Elaborar los Informes y Entregables generados durante la evolución de las
investigaciones realizadas en los plazos y forma que se describan en el Plan de Trabajo.
Garantizar la protección de los resultados de la investigación y promover la difusión
que, en su caso, proceda.
cve: BOE-A-2020-13674
Verificable en https://www.boe.es
1. La realización de las tareas objeto del Proyecto será detallada en un Plan de
Trabajo que aprobarán las partes intervinientes en el presente Convenio, obligándose
cada una de ellas a aportar e implementar los medios técnicos, humanos y materiales
necesarios para la adecuada consecución de los objetivos propuestos y asumiendo las
siguientes obligaciones generales:
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96785
Por lo anteriormente expuesto, los intervinientes acuerdan la suscripción del presente
Convenio para la realización conjunta de un proyecto de investigación, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración científico-técnica entre
el CSIC, a través del ICTP, Biocruces Bizkaia, FUHNPAIIN, HVV, FIBHULP y Domotek,
en la realización conjunta del Proyecto de I+D+i «Desarrollo y fabricación de hisopos por
impresión 3D para la elaboración de kits de extracción de muestras COVID19: validación
hospitalaria de su uso» (en adelante, «HISOPOC» o «el Proyecto»), consistente en las
investigaciones necesarias para desarrollar un kit de extracción de muestra COVID
mediante torundas fabricadas por impresión 3D, en los términos establecidos por las
partes en el Plan de Trabajo que éstas acuerden y al que se hace referencia en la
cláusula segunda.
En particular, el Convenio regula los compromisos de las partes para la ejecución
conjunta del Proyecto, incluyendo la organización del trabajo, la gestión y justificación del
Proyecto, los derechos y obligaciones de las partes, la distribución de los fondos y la
titularidad de los resultados, así como la responsabilidad y la resolución de los posibles
conflictos.
El Proyecto cuenta con la financiación indicada en el expositivo séptimo por lo que,
en su ejecución, justificación y difusión, las partes deberán cumplir con lo establecido en
las bases reguladoras, convocatoria y/o concesión de la ayuda.
Segunda.
Obligaciones de las partes.
Ejecutar el Proyecto conforme a lo que establezca la resolución de concesión,
ejerciendo el CSIC de entidad beneficiaria de la ayuda y coordinadora del Proyecto,
asumiendo las obligaciones de coordinación y seguimiento del resto de entidades
participantes, así como su representación ante el agente financiador a efectos de cobro y
distribución de la ayuda, su justificación y/o reintegro, en función de lo que establezca la
resolución de concesión de la ayuda y el presente Convenio.
Desarrollar las tareas previstas en el Plan de Trabajo de acuerdo con la metodología,
el cronograma y los plazos que en el mismo se detallen.
Entregar al resto de entidades participantes cuanta información sea necesaria para el
correcto desarrollo de las diferentes actividades de I+D+i.
Comunicar con celeridad al resto de participantes, sirviéndose si fuese preciso del
mecanismo de seguimiento, cualquier información importante, hecho, problema o retraso
que pueda afectar adversamente al Proyecto. Asimismo, las partes proporcionarán sin
demora toda la información que el mecanismo de seguimiento requiera razonablemente
para llevar a cabo sus tareas.
Facilitar los medios y las infraestructuras necesarias (tales como las impresoras 3D y
el material requerido para la impresión de las torundas) para la realización de los
trabajos según la planificación prevista.
Elaborar los Informes y Entregables generados durante la evolución de las
investigaciones realizadas en los plazos y forma que se describan en el Plan de Trabajo.
Garantizar la protección de los resultados de la investigación y promover la difusión
que, en su caso, proceda.
cve: BOE-A-2020-13674
Verificable en https://www.boe.es
1. La realización de las tareas objeto del Proyecto será detallada en un Plan de
Trabajo que aprobarán las partes intervinientes en el presente Convenio, obligándose
cada una de ellas a aportar e implementar los medios técnicos, humanos y materiales
necesarios para la adecuada consecución de los objetivos propuestos y asumiendo las
siguientes obligaciones generales: