III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-13674)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Asociación Instituto de Investigación Sanitaria Biocruces Bizkaia (Biocruces Bizkaia), la Fundación del Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración, el Hospital Virtual Valdecilla, SL, la Fundación para la Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz y Domotek Ingeniería Prototipado y Formación, SL, para la realización conjunta del proyecto de I+D+i "Desarrollo y fabricación de hisopos por impresión 3D para la elaboración de kits de extracción de muestras COVID19: validación hospitalaria de su uso".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96792
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y demás normativa aplicable en materia de protección de datos.
Decimotercera.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control del convenio.
Los responsables del Proyecto previstos en el apartado segundo de la cláusula
segunda, constituirán entre ellos el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control del
presente Convenio.
Entre sus cometidos estará el de consensuar la solución de los problemas que
puedan ir surgiendo respecto al modo de actuar en el desarrollo del Proyecto, debiendo
resolver los problemas de interpretación y aplicación de los términos de este Convenio,
mediante el seguimiento y control de su ejecución e incidencias. Asimismo, ejercerán las
funciones que el capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, atribuye a dicho mecanismo en relación a los incumplimientos, extinción
y resolución del Convenio.
En caso de que los citados responsables del Proyecto no llegasen a soluciones
compartidas, habrán de acudir a sus correspondientes órganos directivos superiores a fin
de que, en calidad de mecanismo de seguimiento, arbitren las que de mutuo acuerdo
consideren más convenientes al Proyecto y mejor se adapten con lo previsto en el
presente instrumento jurídico.
Por parte del CSIC el órgano directivo será la Vicepresidencia de Investigación
Científica y Técnica (VICYT).
cve: BOE-A-2020-13674
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por sextuplicado ejemplar,
en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-La Vicepresidenta de Organización y
Relaciones Institucionales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.,
Rosina López-Alonso Fandiño.–El Director Científico de la Asociación Instituto de
Investigación Sanitaria Biocruces Bizkaia, Luis Castaño González.–El Director de la
Fundación del Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración,
Vicenç Martínez Ibáñez.–El Director Gerente del Hospital Virtual de Valdecilla, S.L.,
Ignacio del Moral Vicente-Mazariegos.–La Directora de la Fundación para la
Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz, Ana Coloma Zapatero.–El
Administrador/CEO de Domotek Ingeniería Prototipado y Formación, S.L., Koldo Artola.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96792
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y demás normativa aplicable en materia de protección de datos.
Decimotercera.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control del convenio.
Los responsables del Proyecto previstos en el apartado segundo de la cláusula
segunda, constituirán entre ellos el mecanismo de seguimiento, vigilancia y control del
presente Convenio.
Entre sus cometidos estará el de consensuar la solución de los problemas que
puedan ir surgiendo respecto al modo de actuar en el desarrollo del Proyecto, debiendo
resolver los problemas de interpretación y aplicación de los términos de este Convenio,
mediante el seguimiento y control de su ejecución e incidencias. Asimismo, ejercerán las
funciones que el capítulo VI de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público, atribuye a dicho mecanismo en relación a los incumplimientos, extinción
y resolución del Convenio.
En caso de que los citados responsables del Proyecto no llegasen a soluciones
compartidas, habrán de acudir a sus correspondientes órganos directivos superiores a fin
de que, en calidad de mecanismo de seguimiento, arbitren las que de mutuo acuerdo
consideren más convenientes al Proyecto y mejor se adapten con lo previsto en el
presente instrumento jurídico.
Por parte del CSIC el órgano directivo será la Vicepresidencia de Investigación
Científica y Técnica (VICYT).
cve: BOE-A-2020-13674
Verificable en https://www.boe.es
Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por sextuplicado ejemplar,
en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.-La Vicepresidenta de Organización y
Relaciones Institucionales del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P.,
Rosina López-Alonso Fandiño.–El Director Científico de la Asociación Instituto de
Investigación Sanitaria Biocruces Bizkaia, Luis Castaño González.–El Director de la
Fundación del Hospital Nacional de Parapléjicos para la Investigación y la Integración,
Vicenç Martínez Ibáñez.–El Director Gerente del Hospital Virtual de Valdecilla, S.L.,
Ignacio del Moral Vicente-Mazariegos.–La Directora de la Fundación para la
Investigación Biomédica del Hospital Universitario La Paz, Ana Coloma Zapatero.–El
Administrador/CEO de Domotek Ingeniería Prototipado y Formación, S.L., Koldo Artola.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X