III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2020-13664)
Resolución de 21 de octubre de 2020, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Fondo de Barril en Refinería Gibraltar-San Roque".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 5 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 96729

E.4. Aire, factores climáticos, cambio climático:
El Plan de control de calidad del aire/emisiones difusas propuesto para las obras del
proyecto de urbanización, que deberá ser aprobado por el órgano ambiental competente
durante su correspondiente evaluación ambiental, será también de aplicación durante los
tres años de duración de la fase de obras del Proyecto Fondo de Barril.
Este Plan de Control deberá incluir, como mínimo: dos captadores secuenciales
para medidas de referencia de PM10 y PM 2,5, en las zonas habitadas más próximas,
cuya ubicación se definirá con coordenadas UTM ETRS89 en el proyecto de ejecución
y se justificará en base al régimen de vientos predominante en la zona; tres puntos de
control en continuo con monitores de PM10, PM2,5 y PM1,0 integrados (dos
perimetrales y otro coincidente con un captador secuencial para el contraste de datos).
En base a los datos recogidos en estos puntos de control, se definirán umbrales de
alerta y actuación para la aplicación de medidas correctoras adicionales o para la
paralización temporal de las obras.
Se instalará una unidad de medición adicional para PM2,5 en la estación de control que
soporte las superaciones en este contaminante, prestando especial atención al área
cercana a la Estación de la RVCAA de la Línea de la Concepción, por presentar valores de
partículas cercanos al límite legal (PM10 y PM2,5).
Se comprobará que no se lleven a cabo las operaciones susceptibles de producir
cantidades significativas de polvo y partículas en situaciones de condiciones atmosféricas
desfavorables o si los niveles de inmisión de partículas son superiores a los límites legales.
Se verificará el adecuado empleo de las mallas durante las operaciones de chorreado
de superficies metálicas, para comprobar la eficacia de su apantallamiento.
Se verificará la adecuada humectación de viales de forma previa al trasiego de
maquinaria en condiciones atmosféricas desfavorables.
E.5.

Flora y vegetación, fauna, biodiversidad:

Se registrarán e integrarán en el PVA y en los informes de seguimiento ambiental los
resultados de las prospecciones faunísticas previas efectuadas conforme a lo especificado
en el epígrafe D.4 de la presente declaración, en coordinación con el Servicio de Gestión
del Medio Natural de la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería competente en
Medio Ambiente.
Se verificará el cumplimiento de las limitaciones del calendario fijadas en función de
los resultados de las prospecciones faunísticas previas efectuadas.
Se efectuará el seguimiento de las revegetaciones y las plantaciones compensatorias
para garantizar que se ajustan a la propuesta incluida en el estudio de impacto ambiental.
E.6.

Población, salud humana:

Se efectuarán mediciones de ruido en los receptores establecidos para el estudio
acústico para comprobar que no se sobrepasan los valores límite legales para el nivel de
inmisión al exterior.
Se verificará el cumplimiento de las limitaciones de horario fijadas en función de las
actividades ruidosas.
Bienes materiales, patrimonio cultural:

Se registrarán los resultados de las actividades arqueológicas preventivas de control
de movimientos de tierra, notificando cualquier hallazgo a la Delegación Territorial en
Cádiz de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía a la mayor brevedad posible.
En Fase de Operación, las actividades de seguimiento ambiental y vigilancia se
integrarán en el Plan de Vigilancia y Control que la Refinería Gibraltar-San Roque tiene
actualmente implementado en las instalaciones actuales, haciéndolo extensible a las
nuevas unidades y equipos una vez entren en funcionamiento, y de acuerdo con las
condiciones que establezca la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejería competente

cve: BOE-A-2020-13664
Verificable en https://www.boe.es

E.7.