III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Seguridad nacional. (BOE-A-2020-13661)
Orden PCM/1028/2020, de 30 de octubre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se aprueba el procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96667
Se trata de la primera gran crisis desde la Segunda Guerra Mundial, que se ha visto
exacerbada por el uso perverso de la desinformación por parte de actores tanto estatales
como no estatales, con objeto de minar nuestras instituciones y alentar la polarización
social, haciendo necesaria la puesta en marcha de mecanismos de lucha contra esta
amenaza.
Los retos que presenta un sistema global altamente interdependiente, tanto en el
plano físico como en el digital, donde se desencadenan crisis en cadena que tienen
impacto sobre varios ámbitos simultáneamente, requieren una reflexión estratégica que
vaya acompañada del necesario ajuste o desarrollo de nuestro Sistema de Seguridad
Nacional.
La naturaleza global de las amenazas junto con la velocidad del cambio hace
necesario:
– Evaluar los ámbitos definidos en la Seguridad Nacional y las relaciones entre ellos
para establecer líneas de acción mucho más transversales e integradas que permitan la
debida planificación y preparación para hacer frente a cualquier eventual crisis;
– Establecer un sistema de alerta temprana para cada ámbito de la Seguridad
Nacional, basado en indicadores y aprovechando la tecnología disponible, que permita la
detección de crisis potenciales y la activación temprana del sistema de gestión de crisis
para una óptima administración de todos los recursos disponibles;
– Utilizar la tecnología, aprovechando la inteligencia artificial y la mecanización de
procesos, para lograr una mayor velocidad de reacción, mayor integración, compartición
de datos y digitalización de procesos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3, en conexión con lo estipulado en los
artículos 14.b), 15.b), 21.c) y d), todos ellos de la Ley de Seguridad Nacional, procede a
iniciativa del Presidente del Gobierno aprobar mediante Acuerdo del Consejo de
Seguridad Nacional el procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad
Nacional 2021, y cuya propuesta una vez ultimada, deberá ser sometida a informe
favorable del Consejo de Seguridad Nacional, antes de su aprobación definitiva por el
Gobierno mediante real decreto acordado en Consejo de Ministros.
La Elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021 se realizará con el
mayor consenso posible.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, el Consejo de Seguridad
Nacional, en su reunión del día 6 de octubre de 2020, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.
Se aprueba el procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad
Nacional 2021, que figura como anexo a este acuerdo.
Segundo.
El presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y producirá
efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021
Primero.
Órgano competente para su elaboración.
El Consejo de Seguridad Nacional será el órgano responsable de la elaboración de la
Estrategia de Seguridad Nacional.
cve: BOE-A-2020-13661
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO
Núm. 292
Jueves 5 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96667
Se trata de la primera gran crisis desde la Segunda Guerra Mundial, que se ha visto
exacerbada por el uso perverso de la desinformación por parte de actores tanto estatales
como no estatales, con objeto de minar nuestras instituciones y alentar la polarización
social, haciendo necesaria la puesta en marcha de mecanismos de lucha contra esta
amenaza.
Los retos que presenta un sistema global altamente interdependiente, tanto en el
plano físico como en el digital, donde se desencadenan crisis en cadena que tienen
impacto sobre varios ámbitos simultáneamente, requieren una reflexión estratégica que
vaya acompañada del necesario ajuste o desarrollo de nuestro Sistema de Seguridad
Nacional.
La naturaleza global de las amenazas junto con la velocidad del cambio hace
necesario:
– Evaluar los ámbitos definidos en la Seguridad Nacional y las relaciones entre ellos
para establecer líneas de acción mucho más transversales e integradas que permitan la
debida planificación y preparación para hacer frente a cualquier eventual crisis;
– Establecer un sistema de alerta temprana para cada ámbito de la Seguridad
Nacional, basado en indicadores y aprovechando la tecnología disponible, que permita la
detección de crisis potenciales y la activación temprana del sistema de gestión de crisis
para una óptima administración de todos los recursos disponibles;
– Utilizar la tecnología, aprovechando la inteligencia artificial y la mecanización de
procesos, para lograr una mayor velocidad de reacción, mayor integración, compartición
de datos y digitalización de procesos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 4.3, en conexión con lo estipulado en los
artículos 14.b), 15.b), 21.c) y d), todos ellos de la Ley de Seguridad Nacional, procede a
iniciativa del Presidente del Gobierno aprobar mediante Acuerdo del Consejo de
Seguridad Nacional el procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad
Nacional 2021, y cuya propuesta una vez ultimada, deberá ser sometida a informe
favorable del Consejo de Seguridad Nacional, antes de su aprobación definitiva por el
Gobierno mediante real decreto acordado en Consejo de Ministros.
La Elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021 se realizará con el
mayor consenso posible.
En su virtud, a propuesta del Presidente del Gobierno, el Consejo de Seguridad
Nacional, en su reunión del día 6 de octubre de 2020, ha adoptado el siguiente acuerdo:
Primero.
Se aprueba el procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad
Nacional 2021, que figura como anexo a este acuerdo.
Segundo.
El presente acuerdo se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y producirá
efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Procedimiento para la elaboración de la Estrategia de Seguridad Nacional 2021
Primero.
Órgano competente para su elaboración.
El Consejo de Seguridad Nacional será el órgano responsable de la elaboración de la
Estrategia de Seguridad Nacional.
cve: BOE-A-2020-13661
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO