V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. (BOE-B-2020-39336)
Resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio de la Comunidad Autónoma de Cantabria por la que se otorga autorización administrativa previa, autorización de construcción y declaración en concreto de utilidad pública de las instalaciones correspondientes al expediente AT-81-19.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. V-B. Pág. 52273
- Instalación del apoyo denominado "nuevo 2" intercalado en vano entre los
apoyos existentes 154 y 155, instalando un apoyo tipo HAR 5000 de 15 m de altura
con armado N3770, o apoyo similar. Coordenadas UTM del apoyo "nuevo 2"
proyectado: X: 394.597,1; Y: 4.781.275,6. Cimentación: 6,78 m cuadrados.
- Desmontaje del vano de conductor entre los apoyos 153 existente y "nuevo 2"
proyectado, que serán sustituidos por cables LA-110.
- Tendido de nuevo conductor tipo LA-110, entre apoyo existente 153 y apoyo
"nuevo 2" proyectado.
- Amarrado en apoyo proyectado "nuevo 2", retensado y regulado de los cables
existentes entre los apoyos 154 y 155.
Finalidad: Durante una inspección se detectó que la distancia de los
conductores de la línea de alta tensión a una edificación, y a la red de baja tensión
de alimentación a la edificación, en el vano entre los apoyos 153 y 154, a la
temperatura máxima de explotación de la instalación, no cumple con la distancia
mínima exigida por el Reglamento de aplicación. Con el objeto de cumplir las
distancias reglamentarias, y mejorar la calidad y continuidad del suministro en las
redes de distribución, se proyecta modificar el tramo de la línea entre los apoyos
153 y 155, desmontando el apoyo 154, instalando 2 nuevos apoyos y modificando
ligeramente el trazado de la línea en este tramo.
Situación: Inmediaciones del núcleo de Fresneda, del Ayuntamiento de
Cabuérniga.
La autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción se otorga bajo las siguientes condiciones:
Primera: La citada instalación se ajustará al proyecto antes indicado, no
pudiendo introducirse variación alguna en el mismo sin la previa autorización de
esta Dirección General.
Segunda: La instalación cumplirá las condiciones establecidas en los
Reglamentos técnicos aplicables.
Tercera: Serán de plena responsabilidad del autor del proyecto los cálculos,
planos y especificaciones del mismo.
Cuarta: Tanto durante la ejecución de la instalación, como durante su
explotación, estará bajo la inspección y vigilancia de esta Dirección General.
Quinta: La instalación se ejecutará por cuenta y riesgo del titular, el cual
responderá de cuantos daños y perjuicios pudieran causarse con motivo de la
misma.
Sexta: El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de
las obras al Servicio de Energía de esta Dirección General, a efectos de realizar
las comprobaciones técnicas que se consideren oportunas y extensión de la
Autorización de Explotación.
Séptima: El Titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados establecidos, en su caso, por los organismos
afectados.
cve: BOE-B-2020-39336
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. V-B. Pág. 52273
- Instalación del apoyo denominado "nuevo 2" intercalado en vano entre los
apoyos existentes 154 y 155, instalando un apoyo tipo HAR 5000 de 15 m de altura
con armado N3770, o apoyo similar. Coordenadas UTM del apoyo "nuevo 2"
proyectado: X: 394.597,1; Y: 4.781.275,6. Cimentación: 6,78 m cuadrados.
- Desmontaje del vano de conductor entre los apoyos 153 existente y "nuevo 2"
proyectado, que serán sustituidos por cables LA-110.
- Tendido de nuevo conductor tipo LA-110, entre apoyo existente 153 y apoyo
"nuevo 2" proyectado.
- Amarrado en apoyo proyectado "nuevo 2", retensado y regulado de los cables
existentes entre los apoyos 154 y 155.
Finalidad: Durante una inspección se detectó que la distancia de los
conductores de la línea de alta tensión a una edificación, y a la red de baja tensión
de alimentación a la edificación, en el vano entre los apoyos 153 y 154, a la
temperatura máxima de explotación de la instalación, no cumple con la distancia
mínima exigida por el Reglamento de aplicación. Con el objeto de cumplir las
distancias reglamentarias, y mejorar la calidad y continuidad del suministro en las
redes de distribución, se proyecta modificar el tramo de la línea entre los apoyos
153 y 155, desmontando el apoyo 154, instalando 2 nuevos apoyos y modificando
ligeramente el trazado de la línea en este tramo.
Situación: Inmediaciones del núcleo de Fresneda, del Ayuntamiento de
Cabuérniga.
La autorización administrativa previa y autorización administrativa de
construcción se otorga bajo las siguientes condiciones:
Primera: La citada instalación se ajustará al proyecto antes indicado, no
pudiendo introducirse variación alguna en el mismo sin la previa autorización de
esta Dirección General.
Segunda: La instalación cumplirá las condiciones establecidas en los
Reglamentos técnicos aplicables.
Tercera: Serán de plena responsabilidad del autor del proyecto los cálculos,
planos y especificaciones del mismo.
Cuarta: Tanto durante la ejecución de la instalación, como durante su
explotación, estará bajo la inspección y vigilancia de esta Dirección General.
Quinta: La instalación se ejecutará por cuenta y riesgo del titular, el cual
responderá de cuantos daños y perjuicios pudieran causarse con motivo de la
misma.
Sexta: El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de
las obras al Servicio de Energía de esta Dirección General, a efectos de realizar
las comprobaciones técnicas que se consideren oportunas y extensión de la
Autorización de Explotación.
Séptima: El Titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados establecidos, en su caso, por los organismos
afectados.
cve: BOE-B-2020-39336
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 291