I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Avales. (BOE-A-2020-13496)
Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 3 de noviembre de 2020, por el que se modifica el Acuerdo de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. I. Pág. 95875

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
13496

Resolución de 3 de noviembre de 2020, de la Secretaría de Estado de
Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 3 de noviembre de 2020, por el que se modifica el
Acuerdo de 28 de julio de 2020, por el que se establecen los términos y
condiciones del primer tramo de la línea de avales a financiación concedida a
empresas y autónomos con la finalidad principal de financiar inversiones y se
autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios
futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de
26 de noviembre, General Presupuestaria.

El Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de noviembre de 2020, ha adoptado
un Acuerdo por el que se modifica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio
de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea
de avales a financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de
financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con
cargo a ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros de 3
de noviembre de 2020, esta Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa
ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como
anexo a la presente Resolución.
Madrid, 3 de noviembre de 2020.–La Secretaria de Estado de Economía y Apoyo a la
Empresa, Ana de la Cueva Fernández.
ANEXO
El Consejo de Ministros acuerda:
Primero.
Modificar el anexo I, Segundo, del Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de julio
de 2020, por el que se establecen los términos y condiciones del primer tramo de la línea de
avales a la financiación concedida a empresas y autónomos con la finalidad principal de
financiar inversiones y se autorizan límites para adquirir compromisos de gasto con cargo a
ejercicios futuros, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 47 de la Ley 47/2003, de 26 de
noviembre, General Presupuestaria, que quedará redactado como sigue:

La distribución de la línea de avales entre los operadores se llevará a cabo
conforme a los mismos criterios que los establecidos por la Ministra de Asuntos
Económicos y Transformación Digital entre las entidades que ya tuviesen
formalizado con el ICO el contrato marco de la línea de avales habilitada por el
Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, y estuviesen efectivamente operativas
desde el 15 de mayo de 2020 conforme al Acuerdo de Consejo de Ministros de 10
de abril de 2020. Esta distribución del volumen máximo asignado será válida hasta
el 1 de noviembre de 2020. A partir de esa fecha, los importes de aval asignados y

cve: BOE-A-2020-13496
Verificable en https://www.boe.es

«Segundo.