III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Museo Nacional del Prado. Cuentas anuales. (BOE-A-2020-13594)
Resolución de 27 de octubre de 2020, del Museo Nacional del Prado, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2019 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96340
El valor de la provisión se ha mantenido en 1.591.172,82 € durante el ejercicio 2019. El 95,78% del
importe provisionado se debe principalmente al mantenimiento de los derecho pendientes de cobro
derivados de la ejecución del contrato que tenía por objeto el servicio de atención telefónica y venta
de entradas en línea del museo, que finalizó en 2016 sin hacerse efectivo el ingreso correspondiente
a los últimos meses del contrato. A estos efectos, el Museo del Prado cursó el 9 de agosto de 2016
Acuerdo de liquidación de la deuda por importe de 1.351.102,49 €, tras los reiterados requerimientos
realizados por el Museo del Prado, en forma y plazo.
Dicho Acuerdo fué objeto de recurso por el deudor ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa,
siendo el mismo desestimado por sentencia de 31 de julio de 2017. Posteriormente se interpuso
recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, resolviéndose con fecha 26 de
marzo de 2018 mediante la desestimación del mismo.
Paralelamente en el citado procedimiento ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo
contra el acuerdo de liquidación, por Auto de 21 de noviembre de 2016 se concedió la medida cautelar
de suspensión condicionada a la aportación de garantía suficiente por parte del deudor derivando en
la firmeza de la sentencia y en una serie de actuaciones relacionadas con la ejecución del aval que
culminaron con la apertura de diligencias previas por delitos de estafa por parte del Juzgado de
Instrucción número 42 de Madrid personándose el Museo por medio de la Abogacía del Estado.
Los saldos de las obligaciones del Museo derivadas de la ejecución de este contrato en 2016 ascienden
a 141.763,82 €, y permanecen recogidos en la cuenta (4130) "Acreedores por operaciones
devengadas" a la espera de la resolución del concurso.
F.17. ACTIVOS EN ESTADO DE VENTA
Durante el ejercicio 2019 se han mantenido en propiedad los dos inmuebles que fueron adicionados
a la herencia procedente del Legado Villaescusa. Dichos inmuebles se ubican en la calle Juan Bravo
65 y en la calle Chinchilla 4, ambos en Madrid, y forman parte del Legado en un 95% de su valor en
el primer caso y en un 50% de su valor en el segundo caso. Tras constatar que el valor de mercado
de dichos inmuebles a 31/12/2019 no era inferior al que figura en cuentas, no se ha procedido a
realizar ningún ajuste respecto del mismo en balance.
Durante el ejercicio 2019 se ha mantenido también en propiedad el 50% del valor de una plaza de
garaje en la Calle O’ Donnell 4, procedente también de una donación condicionada también a la
adquisición de obras de arte por el importe resultante de su liquidación. El valor en cuentas de dicho
porcentaje ascendía a 21.326,53 €, mientras que el valor razonable a 31/12/2019 ascendía a 13.376,00
€, por lo que se procedió al incremento en cuentas del deterioro de este activo, por importe de 90,25
€, sobre el importe reflejado a 31/12/2018 (7.860,28 €).
cve: BOE-A-2020-13594
Verificable en https://www.boe.es
La autenticidad del documento puede ser comprobada mediante el CSV: OIP_TBC4QHGKVVV4OWZBG9C4QJJXBI5C en https://www.pap.hacienda.gob.es
Con fecha 18 de diciembre de 2017 se dictó auto de declaración de concurso ordinario y voluntario
del deudor, personándose este Organismo en el procedimiento en febrero de 2018 y defendiendo la
Abogacía del Estado el carácter privilegiado del crédito del Museo sobre la masa concursal. Tras el
rechazo de la demanda de promoviendo incidente concursal pretendiendo la impugnación del
inventario de la masa activa y de la lista de acreedores por el Juzgado de lo Mercantil de Zaragoza el
9 de septiembre de 2019 se presentó la propuesta de convenio y con fecha 12 de noviembre se remitió
providencia y plan de liquidación así como la resolución que admitía a trámite el recurso de apelación
y nulidad de actuaciones contra el Auto de 15 de octubre de 2019 por el que se abría la fase de
liquidación. Por todo ello, las actuaciones quedaron suspendidas.
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96340
El valor de la provisión se ha mantenido en 1.591.172,82 € durante el ejercicio 2019. El 95,78% del
importe provisionado se debe principalmente al mantenimiento de los derecho pendientes de cobro
derivados de la ejecución del contrato que tenía por objeto el servicio de atención telefónica y venta
de entradas en línea del museo, que finalizó en 2016 sin hacerse efectivo el ingreso correspondiente
a los últimos meses del contrato. A estos efectos, el Museo del Prado cursó el 9 de agosto de 2016
Acuerdo de liquidación de la deuda por importe de 1.351.102,49 €, tras los reiterados requerimientos
realizados por el Museo del Prado, en forma y plazo.
Dicho Acuerdo fué objeto de recurso por el deudor ante la Jurisdicción Contencioso Administrativa,
siendo el mismo desestimado por sentencia de 31 de julio de 2017. Posteriormente se interpuso
recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo, resolviéndose con fecha 26 de
marzo de 2018 mediante la desestimación del mismo.
Paralelamente en el citado procedimiento ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo
contra el acuerdo de liquidación, por Auto de 21 de noviembre de 2016 se concedió la medida cautelar
de suspensión condicionada a la aportación de garantía suficiente por parte del deudor derivando en
la firmeza de la sentencia y en una serie de actuaciones relacionadas con la ejecución del aval que
culminaron con la apertura de diligencias previas por delitos de estafa por parte del Juzgado de
Instrucción número 42 de Madrid personándose el Museo por medio de la Abogacía del Estado.
Los saldos de las obligaciones del Museo derivadas de la ejecución de este contrato en 2016 ascienden
a 141.763,82 €, y permanecen recogidos en la cuenta (4130) "Acreedores por operaciones
devengadas" a la espera de la resolución del concurso.
F.17. ACTIVOS EN ESTADO DE VENTA
Durante el ejercicio 2019 se han mantenido en propiedad los dos inmuebles que fueron adicionados
a la herencia procedente del Legado Villaescusa. Dichos inmuebles se ubican en la calle Juan Bravo
65 y en la calle Chinchilla 4, ambos en Madrid, y forman parte del Legado en un 95% de su valor en
el primer caso y en un 50% de su valor en el segundo caso. Tras constatar que el valor de mercado
de dichos inmuebles a 31/12/2019 no era inferior al que figura en cuentas, no se ha procedido a
realizar ningún ajuste respecto del mismo en balance.
Durante el ejercicio 2019 se ha mantenido también en propiedad el 50% del valor de una plaza de
garaje en la Calle O’ Donnell 4, procedente también de una donación condicionada también a la
adquisición de obras de arte por el importe resultante de su liquidación. El valor en cuentas de dicho
porcentaje ascendía a 21.326,53 €, mientras que el valor razonable a 31/12/2019 ascendía a 13.376,00
€, por lo que se procedió al incremento en cuentas del deterioro de este activo, por importe de 90,25
€, sobre el importe reflejado a 31/12/2018 (7.860,28 €).
cve: BOE-A-2020-13594
Verificable en https://www.boe.es
La autenticidad del documento puede ser comprobada mediante el CSV: OIP_TBC4QHGKVVV4OWZBG9C4QJJXBI5C en https://www.pap.hacienda.gob.es
Con fecha 18 de diciembre de 2017 se dictó auto de declaración de concurso ordinario y voluntario
del deudor, personándose este Organismo en el procedimiento en febrero de 2018 y defendiendo la
Abogacía del Estado el carácter privilegiado del crédito del Museo sobre la masa concursal. Tras el
rechazo de la demanda de promoviendo incidente concursal pretendiendo la impugnación del
inventario de la masa activa y de la lista de acreedores por el Juzgado de lo Mercantil de Zaragoza el
9 de septiembre de 2019 se presentó la propuesta de convenio y con fecha 12 de noviembre se remitió
providencia y plan de liquidación así como la resolución que admitía a trámite el recurso de apelación
y nulidad de actuaciones contra el Auto de 15 de octubre de 2019 por el que se abría la fase de
liquidación. Por todo ello, las actuaciones quedaron suspendidas.