III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2020-13573)
Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Telefónica Educación Digital, para el desarrollo de actuaciones en la Consejería de Educación en Brasil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96112
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
13573
Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con Telefónica Educación Digital, para el
desarrollo de actuaciones en la Consejería de Educación en Brasil.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y Telefónica Educación Digital,
han suscrito, con fecha 8 de septiembre de 2020, un Convenio para el desarrollo de
actuaciones en la Consejería de Educación en Brasil, por lo que conforme a lo previsto
en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 26 de octubre de 2020.–El Secretario General Técnico, Liborio López García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y Telefónica
Educación Digital para el desarrollo de actuaciones en la Consejería de Educación
en Brasil
8 de septiembre de 2020.
REUNIDOS
De una parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, representado en
este acto por don Diego Fernández Alberdi, Director General de Planificación y Gestión
Educativa, nombrado por Real Decreto 743/2018, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 7.1 de la Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre, de delegación de
competencias del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Y, de otra parte, Telefónica Educación Digital, S.L.U., (en adelante TED), compañía
de nacionalidad española, con domicilio, a estos efectos, en ronda de la Comunicación
s/n, Distrito Telefónica, edificio Oeste 1, planta 4.ª, C.P. 28050 – Madrid (España), inscrita
en el Registro Mercantil de Madrid, número M-268.715, libro 15.900, página 161,
sección 8, con NIF núm. B-82857053, representada por Rosalía O’ Donnell Baeza, CEO
de Telefónica Educación Digital, y con poderes y facultades suficientes para celebrar
este acto.
EXPONEN
I. Que, TED tiene cedidos los derechos de explotación de la propiedad industrial e
intelectual sobre SIELE, consistente en un servicio conjunto de evaluación y certificación
del dominio de la lengua española a través de una plataforma tecnológica y su
comercialización, cuya titularidad comparten el Instituto Cervantes, la Universidad
cve: BOE-A-2020-13573
Verificable en https://www.boe.es
En adelante TED y el Ministerio podrán ser denominados, individualmente como una
o la «Parte» y, conjuntamente como las «Partes».
Los comparecientes declaran contar con la capacidad legal suficiente para el
otorgamiento del presente Acuerdo Marco, en adelante el Acuerdo, así como que sus
poderes no han sido revocados, modificados ni suspendidos y, en su virtud,
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Sec. III. Pág. 96112
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
13573
Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por
la que se publica el Convenio con Telefónica Educación Digital, para el
desarrollo de actuaciones en la Consejería de Educación en Brasil.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional y Telefónica Educación Digital,
han suscrito, con fecha 8 de septiembre de 2020, un Convenio para el desarrollo de
actuaciones en la Consejería de Educación en Brasil, por lo que conforme a lo previsto
en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector
Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 26 de octubre de 2020.–El Secretario General Técnico, Liborio López García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y Telefónica
Educación Digital para el desarrollo de actuaciones en la Consejería de Educación
en Brasil
8 de septiembre de 2020.
REUNIDOS
De una parte, el Ministerio de Educación y Formación Profesional, representado en
este acto por don Diego Fernández Alberdi, Director General de Planificación y Gestión
Educativa, nombrado por Real Decreto 743/2018, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 7.1 de la Orden EFP/1422/2018, de 27 de diciembre, de delegación de
competencias del Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Y, de otra parte, Telefónica Educación Digital, S.L.U., (en adelante TED), compañía
de nacionalidad española, con domicilio, a estos efectos, en ronda de la Comunicación
s/n, Distrito Telefónica, edificio Oeste 1, planta 4.ª, C.P. 28050 – Madrid (España), inscrita
en el Registro Mercantil de Madrid, número M-268.715, libro 15.900, página 161,
sección 8, con NIF núm. B-82857053, representada por Rosalía O’ Donnell Baeza, CEO
de Telefónica Educación Digital, y con poderes y facultades suficientes para celebrar
este acto.
EXPONEN
I. Que, TED tiene cedidos los derechos de explotación de la propiedad industrial e
intelectual sobre SIELE, consistente en un servicio conjunto de evaluación y certificación
del dominio de la lengua española a través de una plataforma tecnológica y su
comercialización, cuya titularidad comparten el Instituto Cervantes, la Universidad
cve: BOE-A-2020-13573
Verificable en https://www.boe.es
En adelante TED y el Ministerio podrán ser denominados, individualmente como una
o la «Parte» y, conjuntamente como las «Partes».
Los comparecientes declaran contar con la capacidad legal suficiente para el
otorgamiento del presente Acuerdo Marco, en adelante el Acuerdo, así como que sus
poderes no han sido revocados, modificados ni suspendidos y, en su virtud,