III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA. Convenios. (BOE-A-2020-13560)
Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 96043

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA
13560

Resolución de 26 de octubre de 2020, de la Dirección General del Catastro,
por la que se publica el Convenio con la Fundación de la Universidad
Autónoma de Madrid.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y la Fundación de la
Universidad Autónoma de Madrid un Convenio para la realización de actuaciones en
materia de transferencia de conocimiento durante el bienio 2020-2021, procede la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo
de esta Resolución.
Madrid, 26 de octubre de 2020.–El Director General del Catastro, Fernando de
Aragón Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y la Fundación de la Universidad Autónoma de Madrid para la realización
de actuaciones en materia de transferencia de conocimiento durante el
bienio 2020-2021
Reunidos en la ciudad de Madrid, a veintidós de octubre del año dos mil veinte.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre), en
ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17 de la
Orden HAC/316/2019, de 12 de marzo, de delegación de competencias, y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y
ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 20 de marzo de 2019).
De otra parte, don Fidel Rodríguez Batalla, Director General de la Fundación de la
Universidad Autónoma de Madrid, actuando en representación de la misma en virtud del
poder otorgado con fecha 5 de abril de 2017, ante el Notario de Madrid, don Valerio
Pérez de Madrid Carreras, con el número de protocolo 777.
Intervienen en función de sus respectivos cargos que han quedado expresados y en
el ejercicio de sus mutuas facultades que a cada uno le están conferidas, con plena
capacidad para formalizar este Convenio, y por ello,
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración que
se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se
desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y se modifica el Real

cve: BOE-A-2020-13560
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Primero.