III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-13547)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Camilo José Cela, para la realización de prácticas de los alumnos de grado y de posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 95950

Presidirá las reuniones de dicha Comisión uno de los miembros designados por el
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y se reunirá tantas veces
como lo soliciten al menos dos de sus miembros. La misma adoptará sus decisiones por
mayoría simple de los miembros presentes y en caso de empate decidirá el voto de calidad
del/de la Presidente/a.
Decimotercera.

Vigencia, modificación y extinción del convenio.

El presente Convenio surtirá efectos a partir de su inscripción en el Registro Electrónico
Estatal de órganos e Instrumentos de Cooperación (REOICO) y su publicación en el BOE,
a lo largo de los próximos cuatro años y las partes podrán, en cualquier momento antes de
la finalización del plazo anterior, acordar unánimemente su prórroga por un periodo de
hasta cuatro años adicionales o su extinción.
Asimismo, podrá ser modificado por acuerdo de las partes y se extinguirá por el
cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en cualquiera de
las causas de resolución previstas en el apartado 2 del artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes que diera lugar a la resolución del convenio, cada una de las
partes deberá realizar las prestaciones a su cargo hasta el fin del trimestre natural en que
se produzca la resolución del convenio.
Decimocuarta.

Controversias.

Las partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Igualmente, las partes se esforzarán por resolver de forma amistosa cualquier
controversia que pudiera surgir con ocasión de la ejecución de presente convenio. De no
ser posible una solución amistosa, las partes se someterán a los Juzgados y Tribunales del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo que resulten competentes.
El presente acuerdo está contemplado en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, y se regirá por sus propios términos y condiciones, aplicándose
los principios del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios para cualquier duda que pueda
suscitarse.

cve: BOE-A-2020-13547
Verificable en https://www.boe.es

Y, en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente convenio en dos
ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha indicados, en Madrid el 22 de
octubre de 2020.–Por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,
Álvaro Kirkpatrick de la Vega.–Por la Universidad Camilo José Cela, Emilio Lora-Tamayo
D’Ocón.