III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2020-13547)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Camilo José Cela, para la realización de prácticas de los alumnos de grado y de posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 95946

Segundo.
Que la Universidad está interesada en establecer un Programa de Colaboración con el
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación para la realización de
prácticas académicas externas de los estudiantes matriculados en la misma, incluyéndose
la realización de Trabajos Fin de Grado, Trabajos Fin de Máster, Proyectos Fin de Carrera
o Tesis Doctorales (en adelante TFG, TFM, PFC, TD).
Tercero.
Que con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes universitarios de
la Universidad, ambas partes desean suscribir el presente convenio encuadrado en el
marco del Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios.
Por lo tanto, a la vista de lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente
convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

Establecer con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y
para los alumnos de grado y postgrado de la Universidad, un Programa de Prácticas de
Colaboración integradas en su formación de conformidad con lo dispuesto en el Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas
de los estudiantes universitarios.
Compromisos.

El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación determinará en qué
Representaciones Diplomáticas, Oficinas Consulares de España o servicios centrales del
Ministerio se llevarán a cabo las prácticas, en virtud de la firma del presente Acuerdo y
según las condiciones establecidas por el mismo.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-Ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que todavía
no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación, las partes se
comprometen a firmar una adenda en la que se contemplen las obligaciones que asumirían
para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado real decreto-ley.
La Universidad se encargará de velar por que los estudiantes que soliciten las prácticas
en el marco de las convocatorias realizadas al efecto cumplan los requisitos formativos y/o
de titulación fijados en las bases de las mismas. Asimismo, gestionará todos los aspectos
formales de las convocatorias de las prácticas objeto del presente convenio, de acuerdo
con su normativa y procedimientos, conforme a los principios de publicidad, objetividad y
concurrencia.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación decidirá el número
de alumnos que realizarán las prácticas en cada convocatoria de acuerdo con las
circunstancias de las Representaciones y de las unidades y realizará la selección de los
alumnos, que oportunamente comunicará a la Universidad, de acuerdo con el
procedimiento fijado en las convocatorias.
Tercera.

Evaluación y seguimiento.

La Universidad establecerá los mecanismos adecuados para el seguimiento y
evaluación de dichas prácticas y nombrará de entre su profesorado un/a Tutor/a
Académico/a que tendrá como función el asesoramiento metodológico y técnico del

cve: BOE-A-2020-13547
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.