III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2020-13588)
Resolución de 23 de octubre de 2020, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, para la integración de la Estación Oceánica Línea CanOA-VOS en la infraestructura de investigación europea Integrated Carbon Observation System.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020

Sec. III. Pág. 96250

– Financiar los desplazamientos y otros gastos asociados a la participación del
personal de la estación en reuniones u otras actividades relacionadas con ICOS ERIC.
– Participar en las reuniones de los coordinadores de las estaciones integrantes de
ICOS-España.
Tercera. Representación de España en los órganos de gobierno de ICOS ERIC.
En virtud del Convenio firmado entre el MCIN y AEMET, España está representada
en la Asamblea General («General Assembly») de ICOS ERIC por un representante de
la Secretaría General de Investigación (SGI), que ejerce la representación institucional, y
un representante de AEMET.
Si fuera necesario podría asistir un representante de ULPGC, siempre que no se
supere el número máximo de tres representantes determinado por los Estatutos de ICOS
ERIC, debido a la necesidad de participación de otras instituciones de ICOS España.
En todo caso, los representantes de la SCI y de AEMET mantendrán informado al
representante de ULPGC de la posición española en relación con los puntos a tratar en
la Asamblea.
Financiación.

Las obligaciones financieras derivadas del presente Convenio están condicionadas a
la aprobación por parte de la Asamblea General de ICOS ERIC de la admisión de
España como miembro, según se establece en el artículo 4 de la Decisión de Ejecución
(UE) 2015/2097 de la Comisión, de 26 de octubre de 2015. En ese momento, la
Asamblea establecerá el importe de la contribución correspondiente, en función de las
estaciones de medidas de gases de efecto invernadero que se incorporen a la red.
Según los estatutos de ICOS ERIC, la contribución anual a satisfacer por cada
miembro consiste en una contribución básica, una contribución basada en el Producto
Nacional Bruto y una contribución dependiente de las estaciones que se integren. Según
los importes actuales de estas partidas, y teniendo en cuenta que AEMET aporta la
estación de Izaña, se estima que la contribución anual ascenderá a 55.176,24 euros. La
incorporación de la estación oceánica Línea CanOA-VOS en ICOS ERIC incrementará
esta contribución en 9.650 euros, haciendo un total de 64.826,24 euros. Dado que
probablemente la incorporación de España a ICOS se producirá a final de 2020, el
primer pago de la contribución anual se realizará en 2021, con cargo al concepto
presupuestario 23.301.495B.49008 (Capítulo 4). En caso de que la Asamblea General de
ICOS modifique los importes actuales de las contribuciones de los miembros, se
realizará una adenda modificativa al Convenio para reflejar la nueva contribución, que
deberá tramitarse de acuerdo con los requisitos recogidos en la LRJSP.
Los gastos de mantenimiento de la estación oceánica son asumidos por el grupo
QUIMA-IOCAG a través de convenios y/o proyectos de investigación gestionados por la
ULPGC con la Consejería de Transición Ecológica, Lucha Contra El Cambio Climático Y
Planificación Territorial Del Gobierno De Canarias (Proyecto CARBOCAN 2020-2023,
240.000 euros, aplicación presupuestaria 456D 4460100 124G0535 «Convenio Cambio
Climático Universidades Canarias») y con la Fundación Loro Parque (Proyecto CanBIO,
2019-2022, 508.624 euros). Los costes del personal funcionario del grupo son realizados
por la ULPGC (3 Profesores con dedicación del 15% al proyecto, por valor de 28500
euros anuales, Capítulo I).
Quinta.

Comisión de seguimiento.

1. Para garantizar la correcta ejecución y el seguimiento del presente Convenio se
constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por dos representantes de cada una
de las partes firmantes del mismo.
2. La presidencia de la comisión corresponderá, por periodos anuales alternativos a
uno de los representantes de AEMET y de ULPGC, comenzando por AEMET.

cve: BOE-A-2020-13588
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.