III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Convenios. (BOE-A-2020-13596)
Resolución de 23 de octubre de 2020, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio de cooperación educativa con la Universidad Loyola Andalucía, para la realización de prácticas académicas no retribuidas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 4 de noviembre de 2020
D.

Sec. III. Pág. 96377

Seguro escolar y de responsabilidad civil.

El Seguro Escolar cubre a los menores de 28 años, matriculados en los respectivos
Centros y al corriente de pago de la cuota correspondiente. El ámbito temporal de
cobertura es el año escolar.
El Seguro Escolar protege a los estudiantes incluidos en su ámbito de aplicación, de
todas aquellas contingencias expresamente reconocidas, siempre y cuando los gastos
sanitarios ocasionados se produzcan dentro del territorio nacional, de acuerdo con el
principio de territorialidad recogido en la Ley General de la Seguridad Social.
Además, todos los estudiantes de la Universidad Loyola Andalucía que estén
realizando prácticas no retribuidas en el INE, estarán cubiertos por un seguro de
responsabilidad civil con cargo a la Universidad.
Tercera.

Obligaciones de la Universidad Loyola Andalucía.

La Universidad Loyola Andalucía tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con
vistas al desarrollo de dicho objetivo, las siguientes actuaciones:
1. Los programas de prácticas contarán con un proyecto formativo en el que se hará
constar las competencias que debe adquirir el estudiante, la dedicación en créditos ECTS,
las actividades formativas que debe desarrollar el estudiante, el calendario y horario, así
como el sistema de evaluación. El órgano responsable de cada acuerdo específico de
prácticas resolverá cuantas dudas pudieran surgir durante el desarrollo de las prácticas o
del TFG/TFM.
2. El órgano responsable de cada acuerdo específico de prácticas nombrará un tutor
que se responsabilizará de la tutoría de cada uno de los estudiantes participantes en las
prácticas o el TFG/TFM y de la supervisión de su realización.
3. El reconocimiento de la labor desempeñada por los tutores designados por el INE,
con las condiciones establecidas por la Universidad Loyola Andalucía.
Cuarta.

Obligaciones del Instituto Nacional de Estadística.

1. En tanto que colabora en un programa de formación universitaria, facilitará al
estudiante la realización de sus exámenes y, salvo por causa debidamente justificada y
comunicada previamente al Centro, no cancelará los programas de prácticas que en su
caso se acuerden.
2. De acuerdo con el órgano responsable del Grado/Máster, nombrará a un tutor que
se responsabilizará de la formación de cada estudiante y de la valoración de su estancia,
facilitando a la Universidad Loyola Andalucía, al responsable de prácticas o TFG/TFM del
centro en donde esté matriculado el estudiante, el informe de aprovechamiento de las
prácticas a su finalización. El informe hará constar el tiempo de prácticas realizado, horas
totales y su contenido.
3. En el caso de las estancias para el desarrollo del TFG/TFM, podrán actuar como
co-tutores los profesionales del INE en colaboración con los profesores de la Universidad
Loyola Andalucía.
4. Poner a disposición los medios materiales y servicios que permitan garantizar el
desarrollo de las actividades formativas planificadas, observando los criterios de
accesibilidad universal y diseño para todos, según lo dispuesto en el Real Decreto 1/2013,
de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
5. El INE observará y hará observar las medidas de Seguridad e Higiene establecidas
en el Centro asignado, informando por parte del Servicio de Prevención, o en su defecto
por el empleado público designado, de los posibles riesgos en el ejercicio de su actividad
formativa y de la actuación ante una emergencia en el Centro donde realiza dicha actividad.

cve: BOE-A-2020-13596
Verificable en https://www.boe.es

El INE, tomará bajo su responsabilidad y a su cargo, con vista al desarrollo de dicho
objetivo, las siguientes actuaciones: