III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Convenios. (BOE-A-2020-13602)
Resolución de 21 de octubre de 2020, del Real Patronato sobre Discapacidad, por la que se publica el Convenio con la Fundación Deporte y Desafío, para la realización del proyecto 2020: Juntos por la integración. Deporte adaptado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Duodécima.
Sec. III. Pág. 96399
Consecuencias aplicables por causa de incumplimiento.
Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, serán
que podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que
consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
No obstante, si causará perjuicios se podrá acordar una posible indemnización y
como consecuencia se interrumpirán las actividades del convenio.
En cumplimiento del artículo 49.e), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, el incumplimiento dará lugar a la posible indemnización que
se determine llegado el caso.
Decimotercera.
Responsabilidad civil.
El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad
civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.
Decimocuarta.
Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y queda
sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar
de la citada Ley.
Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles
de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán
competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional
Contencioso-Administrativo.
Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones
de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar,
en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Secretaría General del Real Patronato sobre
Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.–Por la Fundación Deporte y Desafío, María
Carmen Pardo Martín.
ANEXO
Proyecto 2020
«Juntos por la Integración. Deporte adaptado»
Descripción detallada de las actividades.
Ante la crisis tanto sanitaria como económica que nos está tocando vivir, creemos
necesario potenciar un aspecto que ahora cobra mayor relevancia si cabe: el aspecto
socializador, y la mejora física y anímica, que la práctica deportiva lleva aparejada. Por
ello queremos realizar una serie de proyectos con el objetivo de seguir ofreciendo una
oferta variada de actividades deportivas y recreativas, los cuales resultan altamente
beneficiosos para los participantes con diferentes capacidades.
En todos los casos el objetivo último es la inclusión social, destacando también la
mejora de las habilidades sociales de los participantes, así como su progresión física,
mental y deportiva. Las actividades consisten en la organización de eventos deportivos,
queremos consolidar los proyectos comenzados hace años, dándolos continuidad y que
sirvan para la integración social, de las personas con discapacidad, a través de distintas
actividades, se realizan por encargo del Real Patronato sobre Discapacidad y como no
se tienen los medios suficientes y necesarios, se encarga a la Fundación Deporte y
Desafío la mayor parte de la organización de las siguientes actividades.
cve: BOE-A-2020-13602
Verificable en https://www.boe.es
1.
Núm. 291
Miércoles 4 de noviembre de 2020
Duodécima.
Sec. III. Pág. 96399
Consecuencias aplicables por causa de incumplimiento.
Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por las partes, a propuesta de la comisión de seguimiento, serán
que podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que
consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
No obstante, si causará perjuicios se podrá acordar una posible indemnización y
como consecuencia se interrumpirán las actividades del convenio.
En cumplimiento del artículo 49.e), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, el incumplimiento dará lugar a la posible indemnización que
se determine llegado el caso.
Decimotercera.
Responsabilidad civil.
El Real Patronato sobre Discapacidad queda exonerado de cualquier responsabilidad
civil derivada de la ejecución de la actividad objeto de este convenio.
Decimocuarta.
Naturaleza jurídica, resolución de controversias y orden jurisdiccional.
Este Convenio tiene naturaleza administrativa, según lo dispuesto en el artículo 47.1
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y queda
sometido al régimen jurídico de convenios previsto en el Capítulo VI del Título Preliminar
de la citada Ley.
Las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación,
resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles
de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán
competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del Orden Jurisdiccional
Contencioso-Administrativo.
Y en prueba de conformidad con todo lo expuesto, en el ejercicio de las atribuciones
de que son titulares los firmantes, suscriben el presente Convenio por triplicado ejemplar,
en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Secretaría General del Real Patronato sobre
Discapacidad, Ignacio Álvarez Peralta.–Por la Fundación Deporte y Desafío, María
Carmen Pardo Martín.
ANEXO
Proyecto 2020
«Juntos por la Integración. Deporte adaptado»
Descripción detallada de las actividades.
Ante la crisis tanto sanitaria como económica que nos está tocando vivir, creemos
necesario potenciar un aspecto que ahora cobra mayor relevancia si cabe: el aspecto
socializador, y la mejora física y anímica, que la práctica deportiva lleva aparejada. Por
ello queremos realizar una serie de proyectos con el objetivo de seguir ofreciendo una
oferta variada de actividades deportivas y recreativas, los cuales resultan altamente
beneficiosos para los participantes con diferentes capacidades.
En todos los casos el objetivo último es la inclusión social, destacando también la
mejora de las habilidades sociales de los participantes, así como su progresión física,
mental y deportiva. Las actividades consisten en la organización de eventos deportivos,
queremos consolidar los proyectos comenzados hace años, dándolos continuidad y que
sirvan para la integración social, de las personas con discapacidad, a través de distintas
actividades, se realizan por encargo del Real Patronato sobre Discapacidad y como no
se tienen los medios suficientes y necesarios, se encarga a la Fundación Deporte y
Desafío la mayor parte de la organización de las siguientes actividades.
cve: BOE-A-2020-13602
Verificable en https://www.boe.es
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