III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2020-11950)
Resolución de 24 de septiembre de 2020, de la Dirección General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Vigo, relativo a la colaboración en estudios de grado/postgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85458
Que la Universidad de Vigo desarrolla enseñanzas de grado/postgrado en las que
está prevista la realización de actividades por parte de los estudiantes en instituciones
públicas o privadas externas a la Universidad de Vigo. Con ello pretende ampliar los
conocimientos de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación,
proporcionándoles una orientación profesional que les permita incorporarse en el
mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y garantías a las
exigencias de la sociedad, y de sus instituciones y empresas.
Segundo.
Fines del CIEMAT.
Que el CIEMAT tiene entre sus objetivos los siguientes:
Promover y ejecutar actividades de I+D de acuerdo con las directrices del Ministerio
de Ciencia e Innovación, en materias energéticas, medioambientales y tecnológicas,
incluyendo el enfoque sociotécnico asociado, así como en campos específicos de
Investigación Básica.
Colaborar con otros centros nacionales de I+D, universidades y empresas.
Fomentar las actividades derivadas de su I+D en los campos de la difusión científicotécnica, la educación y la transferencia de tecnología. Por lo que el CIEMAT desea
participar en las enseñanzas de grado/postgrado de la Universidad de Vigo.
Tercero. Objeto.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita alcanzar
una síntesis más personalizada y completa de su educación cara al mejor desempeño de
su labor profesional.
Cuarto. Normativa aplicable.
El presente Convenio se acoge a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29
de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales, en el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Estatuto del Estudiante Universitario, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Quinto.
Declaración de intenciones.
Que ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes
y complementarios, desean suscribir el presente Convenio a fin de mejorar sus
respectivos cometidos en materia de cooperación educativa, para lo cual formalizan el
presente documento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que alumnos de la
Universidad de Vigo realizarán un programa de prácticas académicas externas en el
CIEMAT.
Segunda.
Condiciones generales del convenio.
El CIEMAT podrá ofrecer el número de plazas de prácticas que considere necesarias
con la periodicidad que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza de prácticas.
cve: BOE-A-2020-11950
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.
Núm. 265
Miércoles 7 de octubre de 2020
Sec. III. Pág. 85458
Que la Universidad de Vigo desarrolla enseñanzas de grado/postgrado en las que
está prevista la realización de actividades por parte de los estudiantes en instituciones
públicas o privadas externas a la Universidad de Vigo. Con ello pretende ampliar los
conocimientos de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación,
proporcionándoles una orientación profesional que les permita incorporarse en el
mercado de trabajo en condiciones idóneas y responder con eficacia y garantías a las
exigencias de la sociedad, y de sus instituciones y empresas.
Segundo.
Fines del CIEMAT.
Que el CIEMAT tiene entre sus objetivos los siguientes:
Promover y ejecutar actividades de I+D de acuerdo con las directrices del Ministerio
de Ciencia e Innovación, en materias energéticas, medioambientales y tecnológicas,
incluyendo el enfoque sociotécnico asociado, así como en campos específicos de
Investigación Básica.
Colaborar con otros centros nacionales de I+D, universidades y empresas.
Fomentar las actividades derivadas de su I+D en los campos de la difusión científicotécnica, la educación y la transferencia de tecnología. Por lo que el CIEMAT desea
participar en las enseñanzas de grado/postgrado de la Universidad de Vigo.
Tercero. Objeto.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de un programa de prácticas para universitarios que les permita alcanzar
una síntesis más personalizada y completa de su educación cara al mejor desempeño de
su labor profesional.
Cuarto. Normativa aplicable.
El presente Convenio se acoge a lo establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29
de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias
oficiales, en el Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el
Estatuto del Estudiante Universitario, y en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el
que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Quinto.
Declaración de intenciones.
Que ambas entidades, considerando que tienen unos objetivos en parte coincidentes
y complementarios, desean suscribir el presente Convenio a fin de mejorar sus
respectivos cometidos en materia de cooperación educativa, para lo cual formalizan el
presente documento con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
El presente Convenio tiene por objeto regular las condiciones en que alumnos de la
Universidad de Vigo realizarán un programa de prácticas académicas externas en el
CIEMAT.
Segunda.
Condiciones generales del convenio.
El CIEMAT podrá ofrecer el número de plazas de prácticas que considere necesarias
con la periodicidad que desee, e indicar la oferta específica para cada plaza de prácticas.
cve: BOE-A-2020-11950
Verificable en https://www.boe.es
Primera. Objeto del convenio.