II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2020-11864)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se convoca concurso-oposición libre para la provisión de plaza de personal laboral del Grupo II.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 6 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 84680

colaboración en sus especialidades técnicas. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las
circunstancias del proceso selectivo, podrá ser designado personal colaborador para el
desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal calificador.
5.5 Previa convocatoria del presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de
este y del secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de
sus miembros titulares o suplentes. Celebrarán su sesión de constitución con una
antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la fase de
oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en
orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.6 Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las
incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las
decisiones que estime pertinentes. Así mismo, durante todo el proceso selectivo, el
Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en aplicación de estas normas, así como
la actuación que proceda en los casos no previstos.
5.7 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para
que acrediten su identidad.
Asimismo, en cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere
conocimiento de que alguno de los aspirantes no poseyera la totalidad de los requisitos de
participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,
propondrá su exclusión al Sr. rector magnífico, dando traslado, asimismo, de las
inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las
pruebas selectivas a los efectos procedentes.
5.8 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
la Sección PAS Laboral de la UNED (Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, correo electrónico:
accesopaslaboral@adm.uned.es).
5.9 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que ha superado el proceso selectivo
un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Cualquier propuesta que
contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.
5.10 Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el
procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de
alzada ante el Sr. rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en
el plazo de un mes.
Sexta. Procedimiento de selección
De conformidad con la base 1.6, el procedimiento selectivo constará de las siguientes
fases: Fase de oposición y fase de concurso.
6.1 Fase de oposición. El valor de esta fase será como máximo de 65 puntos y estará
formada por dos ejercicios eliminatorios y un tercer ejercicio opcional.
Primer ejercicio. Consistirá en la contestación de un cuestionario de 90 preguntas con
cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas correctas. Treinta preguntas
versarán sobre el temario común. Las restantes sesenta preguntas tratarán sobre la parte
específica. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con una penalización
equivalente a un quinto del valor de cada contestación correcta: Por cinco respuestas
erróneas se descontará una correcta. Las respuestas en blanco no penalizarán.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán de un tiempo de cien
minutos.
Se calificará con un máximo de 30 puntos, siendo la puntuación mínima necesaria
para superar el ejercicio el resultado de calcular la mitad de la media aritmética de los
cinco mayores valores de preguntas netas correctas, una vez descontadas las erróneas,
aproximando dicho resultado al número natural menor más próximo.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y
seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el Tribunal deberá publicar,
con anterioridad a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y

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Núm. 264