IV. Administración de Justicia. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN. (BOE-B-2020-33367)
VIGO
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Lunes 5 de octubre de 2020

Sec. IV. Pág. 44410

impedirá la declaración de insuficiencia de masa activa que el deudor mantenga la
propiedad de bienes legalmente inembargables o desprovistos de valor de
mercado o cuyo coste de realización sería manifiestamente desproporcionado
respecto de su previsible valor venal.
El informe, transcurrido el plazo de un mes desde la publicación en el BOE de
la declaración y conclusión del concurso, se pondrá de manifiesto en la oficina
judicial por quince días a todas las partes personadas.
2.-Se ordena anunciar la declaración y conclusión del concurso por medio de
edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el art. 23 de la LC,
en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web
concursal.
3.-Se acuerda librar mandamiento al Registro Civil Central para inscribir la
presente declaración de concurso y su conclusión en el folio registral del
concursado.
4.-Formar con la demanda y la presente resolución carpeta del expediente, en
que se tramitará la sección Primera del concurso.
5.-Remítase oficio al Juzgado Decano de Vigo al objeto que se comunique a
los Juzgados de 1.ª Instancia la declaración y conclusión de este concurso.
Remítase también comunicación al Juzgado de lo mercantil de Vigo.
6.-Notifíquese esta resolución a los deudores.
MODO DE IMPUGNACIÓN: cabe recurso de apelación (art. 176 bis 4 LC) El
recurso se interpondrá por medio de escrito presentado ante este Juzgado en el
plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente de la notificación
exponiendo el apelante las alegaciones en las que base la impugnación, además
de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna (art. 458 LEC),
el plazo se computará a los terceros interesados a partir de la publicación en el
BOE.
Así lo acuerda y firma S.Sª. Doy fe.
Vigo, 12 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Rosario
Cantalejo García.

cve: BOE-B-2020-33367
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D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X