II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Funcionarios de los Subgrupos C1 y C2. (BOE-A-2020-11765)
Resolución 430/38287/2020, de 24 de septiembre, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 263

Lunes 5 de octubre de 2020

Sec. II.B. Pág. 84262

Administraciones Públicas. Estas oficinas están obligadas a cursar las solicitudes recibidas
en el plazo de las veinticuatro horas a partir de su presentación.
La solicitud a presentar consistirá en los siguientes anexos:
Anexo II: Solicitud de participación.
Anexo III: Certificado de méritos generales.
Anexo IV: Certificado de méritos específicos adecuados a las características del puesto
de trabajo.
Anexo V: Autorización de acceso al sistema de verificación de datos de residencia.
En todo caso, el personal funcionario deberá acompañar la documentación que
acredite los méritos que desee que sean valorados en este concurso.
Los modelos de Anexos reseñados, podrán cumplimentarse a través de la página
Intranet del Ministerio de Defensa (Personal Civil-procesos de gestión de personal
funcionario-concursos-concurso general 1-G/20), y en la dirección de Internet www.
defensa.gob.es, portal de servicios/personal funcionario/ concursos/ concurso general
1-G/20. Una vez cumplimentados, deberán ser impresos, firmados y remitidos con el resto
de documentación a la dirección reseñada en el párrafo precedente.
Los Anexos de este concurso se cumplimentarán con arreglo a las instrucciones que
en ellos se contienen.
2. Los funcionarios y las funcionarias con alguna discapacidad podrán pedir la
adaptación del puesto o de los puestos de trabajo correspondientes. A la solicitud se
deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia, que
acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las
funciones que tenga atribuido el puesto o los puestos solicitados. La compatibilidad con el
desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo se valorará teniendo en cuenta
las adaptaciones que se puedan realizar en él.
3. En el supuesto de estar interesadas en las vacantes que se anuncien en un
determinado concurso, para un mismo municipio, dos personas que reúnan los requisitos
exigidos, podrán condicionar todos o parte de los puestos que incluyen en sus solicitudes,
por razones de convivencia familiar, al hecho de que ambas obtengan destino en ese
concurso en el mismo municipio, entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición de
los puestos condicionados efectuada por ambas, quedando vigente el resto de sus
solicitudes.
Los funcionarios y las funcionarias que se acojan a esta petición condicional deberán
concretarlo en su solicitud (anexo II) y acompañar fotocopia de la petición de la otra
persona solicitante.
Cuarta.

Baremo de valoración.

Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación
de instancias. Sin perjuicio de lo anterior, el certificado de méritos podrá aportarse fuera
del plazo de presentación de solicitudes, siempre que se aporte el justificante de su
solicitud formulada en plazo.
La adjudicación de destino exigirá que, como mínimo, el aspirante alcance una
puntuación total de todos los méritos reflejados en el presente baremo, de 10 puntos.

I.

Méritos generales. Puntuación máxima: 80 puntos.

1. Valoración del grado personal consolidado: El grado personal consolidado se
valorará en sentido positivo en función de su posición en el intervalo del Cuerpo o Escala
correspondiente hasta un máximo de 10 puntos de la siguiente forma:
– Por un grado personal superior al nivel del puesto al que se concursa: 10 puntos.
– Por un grado personal igual al nivel del puesto al que se concursa: 8 puntos.

cve: BOE-A-2020-11765
Verificable en https://www.boe.es

La valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo: